Integridad administrativa por convicción para la toma de decisiones: ingrediente clave de eficiencia en la contratación pública

AutorTania de León
CargoAsesora en materia de cumplimiento público y docente universitaria
Páginas16-19
Integridad administrativa por convicción para la toma de decisiones: ingrediente
clave de eficiencia en la contratación pública
Tania de León
Asesora en materia de cumplimiento público y docente universitaria.
taniandb@gmail.com
Resumen: La eficiencia en los procesos de contratación pública es más una cuestión de
conciencia que de leyes. Por ello se debe apostar a la integridad por convicción y aplicar
herramientas que permitan identificar cuáles son las motivaciones intrínsecas de cada
persona que gestiona procesos de contratación, aplicar técnicas de economía de
comportamiento, así como promover la sensibilidad social y el pensamiento crítico,
porque son estos los elementos de fondo que permitirán alcanzar una optimización de
recursos basada en integridad de máximos.
Palabras claves: Integridad, convicción, empatía, servidor público, ética
administrativa, transparencia, deliberación, pensamiento crítico, contratación, compras
públicas, República Dominicana.
La contratación pública es uno de los procesos institucionales más complejos y
expuestos de la actividad administrativa, por lo atractiva que le hace el alto volumen de
dinero que le envuelve y cuyo objetivo primordial es la correcta y oportuna satisfacción
de la necesidad de bienes y servicios de la Administración pública para garantizar el
interés general y cumplir su razón de ser.
Este proceso debe ser protegido contra el desperdicio, la desviación de poder, los
conflictos de interés y la corrupción en el sentido amplio de la palabra, quizás más que
en otros, por su alto impacto en el desarrollo económico de las naciones.
Tradicionalmente se ha promovido la ética en la Administración de manera meramente
discursiva como un llamado al bien hacer que, como hemos visto los últimos años,
resulta insuficiente. Esto es debido a que esperamos que el servidor público cumpla
estándares de integridad de manera mecánica, por disposición legal o porque es lo que
tiene que hacer, sin profundizar en qué mueve al servidor público. Adela Cortina define
la ética como “un tipo de saber que pretende orientar la acción humana en un sentido
racional, que obremos racionalmente”.1
En nuestro ordenamiento jurídico se encuentran diversas disposiciones que pretenden
circunscribir al servidor público a determinado marco de integridad en la contratación
pública como proceso de la Administración. La Constitución es el punto de partida, de
acuerdo con lo que señala en su artículo 138: “La Administración Pública está sujeta en
su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia,
economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico
del Estado”.2
1 CORTINA, Adela. ¿Para qué sirve realmente la ética?: España, Grupo Planeta, 2013.
2 Constitución de la República Dominicana, año 2015.

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