Ley Nº 113. Ley que Designa el Nombre de "dr. Carlos Sanchez y Sanchez", a una de las Calles Principales de la Ciudad de Santo Domingo de Guzman

Fecha de disposición30 Diciembre 1975
Número de Ley113
Fecha de publicación15 Enero 1975
Número de registro3372373
Número de Gaceta9359
-1470-
JOAQUJ:'\
BALAGUER
Presidente de
:<1
RqJúiJl
C;~
Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo
55 de la Constitución de la República;
r
PROMULGO
ia presente Resolución ymando que sea pu-
blicada en la Gaceta Oficial, para su eonoc.miento
y
cumpli-
miento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Cap'ta
ele
la República Domíníeana, a los treinta días del mes
de diciembre del año mil novecientos setenta y cuatro; añox
131~)de la Indspendenc.a
y
112
9
de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Ley N9 113, que asigna el nombre de "Dr. Carlos Sánchez
y
Sánches",
a una de las calles principales de la ciudad de Santo Domingo de
Guzmán.
(G. NI?9359, del 15 de enero
de 1975,)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de
la
República:
NUMERO 113
CON.:m)ER.t"~.NDO;
Que lo: pueblos deben honrar la me-
moria de los hombres que le han rendido servlcios eminentes
yhan puesto en alto el nombre de La Nación;
{:ONSIDI
Qu~ el D.r. Carlos Sánchez
y
S'ánchez
l'fl'l'(~í0
a l» República sus mejores serv.cíos tanto en el pafs eo-
o ')
Cel e "-:1.'anjsro, destacándose siempre como una mentali-
c'H:~ "G!:'l)j(~ en '; SUln1}:OS inte'ectuales
en que
k
tocó actuar;
..
-1471-
CONSIDERANDO: Que su vida fué de extraordinaria uti-
lidad en la difusión de la nacionalidad dominicana en sus atri-
butos de todo género
y
especialmente en
el
aspecto territorial,
man'festándose en todo momento como un gran defensor d'3'
nuestra integridad física como Nación, en cuya lucha perma-
neció hasta su muerte;
CONSIDERANDO: Que
el
Dr. Sánchez
y
Sánchez deja una
obra de fecunda intelectualidad que enaltece e incrementa al
acervo cultural de la Nación;
VISTAS: Las Leyes Nos. 2439, de fecha 8 de julio de 19f)1),
y
la 49 del 9 de noviembre d-e 1966, sobre Asignación de
NÚITI,'
bres a D'viíones Políticas. Edificios, Obras, Vías, Cosas
y
Ser-
vicios Públicos.
HA DADO LA '81GUIENTE LEY:
Art, l.·-Se
designa a una de las calles principales de la ciu-
dad
de
Santo Domingo de Guzmán, Capital de la Repúbliea, iu
cual será seña'ada por el Síndico del Distrito Nacional, el
nonio
bre de "Doctor Carlos Sánchez
y
Sánchez".
Art. 2,-EI Síndico del Distrito Nacional queda encargado
·de la
ej ecución
de
la
presente
Ley,
DADA en la Sala de Sesiones del Senado. Palacio del CI.'n-
greso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacio .
'nal, Capital de la República Dominicana; a los once días del
rne- de dic'embre del año m'I novecientos setenta
y
cuatro
j
año-
131Q de la Independencia
y
112
Q
de la Restauración,
Adríano A. Uribe Silva,
Presidente .
Josefina Portes de
ValenzueJa,
Secretaría.
Antonio José Lalane,
'S'ecre tari o.
-1472--
.DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara,Pip~~d(ls,
Palacio del Congreso .Naclonal. en Santo Domíngcjde
:~U2.';l\@~, .
Dístrite Nac'onal, Capital -de
la'
Bepúblíca.
I.>omin~na;.,a .:
l.uSi
veintisiete -días .del mes. de diciembre
del año
mil,
noy~~ie:nt{l8
setenta ,y cuatro]. años ..
131
9
de
la
Independencia ,y .1,12
0
de
la.
Restauración.
Atilio·~. Guzm4n iF,~~np~z}
Presidente .. '
Miriem Marte Montes de Oca,
Secretaria.
MJriam ¡;Ménd~z de-Pífíeíro, .
Secretaria Ad·Hoc. .
JOAQUIN -BALAGUER'
Presídeste "de la Repúbl'ea Dominicana
En
ejercicio de las atr'bucíones que .me confi~J'e\~ articulo
55 doela Constitución de la Repúbli~a;
PROMULGO la presente Ley
y
mando que ...
'en la Gaceta, Oficial, para su conocimiento
y
cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacionat.
Capital
de la Repúbl'ca Dominicana, a
los treinta
días del mes
de
d'cíembre del año mil novecíentoe
setenta.y
cuatro;
años
131
9
de
la Independencia
y
112Qde
la
Restauración.
JOAQUIN BALAGUER

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