Ley Nº 1145. Modificacion del Codigo de Comercio
Fecha de disposición | 21 Agosto 1936 |
Número de Ley | 1145 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1936 |
Número de registro | 3270356 |
Número de Gaceta | 4936 |
COLECCION
DE
LEYES, DECRETOS
&.-1889.
RESUELVE
:
147
Unico; Se vota la sum8 de
sesenta
pesos
mensuales para el
sostenimiento de la Banda de musica que funciona en la comh
de Jarabacoa.
3
La presente Resoluci6n
sera
envjada a1 Poder Ejecutivo
para 10s fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional,
a
10s
17
dias del mes de Junio de
1889;
aiio
46
de la Independencia
y
26
de la Restauraci6n.
El Presidente.-M. de
J.
Rodriguez-Los
Secretaries.-
Alcedo Andreu.-M.
J.
Jimenez.
E jecutese, comuniquese por la Secretaria correspondiente,
publicandose en todo el territorio de la Republica para su cum-
plimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital
de la Rephblica,
a
10s
26
dias del mes de Junio de
1889
;
aiio
46
de
la
Independencia
y'
26 de la Restauraci6n.
El Vice-Presidente de la Republica en ejwcicio de la
Pre-
sidencia.-M. M. Gautier.
Refrendado :-El Ministro de Hacienda
y
Comercio.-San-
chez.
N6m. 2760.-DECRETO del C. N. haciendo obligatorio el ma-
trimonio religioso, en las personas que profesan la religi6n
cat6lica veinte
y
cuatro horas despu6s del contrato civil.
Dios,
Patria
y
Libertad.-Republica
Dominicans.-El
Con-
greso Naciona1.-En nombre de la RepGblica,
y
pr6vias las tres
lecturas constitucionales
;
Considerando
:
Que la Religi6n Cat6lica
es
la Religi6n del
Es-
tado,
y
que
Cste
por consiguiente est6 obligado
A
prestarle su
Considerando
:
Que en algunas localidades de la Republica
se viene aboliendo el matrimonio eclesiastico con desprecio de
la
Religi6n
y
escarnio de la sociedad
;
Considerando: Que es necesario poner cese
h
una costumbre
que acabarh por desquiciar la Sociedad, envolvihdola en las
ti-
nieblas de la inmoralidad,
apow
:
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