Ley Nº 1145. Modificacion del Codigo de Comercio

Fecha de disposición21 Agosto 1936
Número de Ley1145
Fecha de publicación01 Enero 1936
Número de registro3270356
Número de Gaceta4936
COLECCION
DE
LEYES, DECRETOS
&.-1889.
RESUELVE
:
147
Unico; Se vota la sum8 de
sesenta
pesos
mensuales para el
sostenimiento de la Banda de musica que funciona en la comh
de Jarabacoa.
3
La presente Resoluci6n
sera
envjada a1 Poder Ejecutivo
para 10s fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional,
a
10s
17
dias del mes de Junio de
1889;
aiio
46
de la Independencia
y
26
de la Restauraci6n.
El Presidente.-M. de
J.
Rodriguez-Los
Secretaries.-
Alcedo Andreu.-M.
J.
Jimenez.
E jecutese, comuniquese por la Secretaria correspondiente,
publicandose en todo el territorio de la Republica para su cum-
plimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital
de la Rephblica,
a
10s
26
dias del mes de Junio de
1889
;
aiio
46
de
la
Independencia
y'
26 de la Restauraci6n.
El Vice-Presidente de la Republica en ejwcicio de la
Pre-
sidencia.-M. M. Gautier.
Refrendado :-El Ministro de Hacienda
y
Comercio.-San-
chez.
N6m. 2760.-DECRETO del C. N. haciendo obligatorio el ma-
trimonio religioso, en las personas que profesan la religi6n
cat6lica veinte
y
cuatro horas despu6s del contrato civil.
Dios,
Patria
y
Libertad.-Republica
Dominicans.-El
Con-
greso Naciona1.-En nombre de la RepGblica,
y
pr6vias las tres
lecturas constitucionales
;
Considerando
:
Que la Religi6n Cat6lica
es
la Religi6n del
Es-
tado,
y
que
Cste
por consiguiente est6 obligado
A
prestarle su
Considerando
:
Que en algunas localidades de la Republica
se viene aboliendo el matrimonio eclesiastico con desprecio de
la
Religi6n
y
escarnio de la sociedad
;
Considerando: Que es necesario poner cese
h
una costumbre
que acabarh por desquiciar la Sociedad, envolvihdola en las
ti-
nieblas de la inmoralidad,
apow
:

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