Ley Nº 126. Circular del Ministro de Hacienda Haciendo Saber; que el D. del C.N. de 16 de Marzo de 1847 No Ha Sido Derogado

Fecha de disposición21 Julio 1847
Número de registro3345686
Número de Ley126
Fecha de publicación01 Enero 1847
626
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETOS
&.-1847
te del Consejo.-Juan Nepomuceno Tejera.-El Secretari0.-
Juan Curiel.
I
C6mplase, comuniquesje
y
circule en todo
el
territorio de la
Republlica Dominicana.
Dado en el Pallacio Nacional de Santo Domingo, a
10s
9
dias
del mes [de Julio de
1847,
y 49. de la
Patria.--Santana.-Xefren-
dado: el Ministro de Hacienda, Comercio
y
Relaciones Exterio-
res,-R. Miura.
Nm. 126.-CIRCULAR del Ministro de Hacienda haciendo sa-
ber: que el
D.
del
c.
N.
de 16 de Marzo de 1847 no ha sido
derogado.
(1).
Dios,
Patria
y Libertad.-Republica
Dominicans.-Circular
no. 54.-Ministerio de Hacienda, Comercio y Relaciones Esterio-
res.-Secretaria del Despacho.-Seccion de Hacienda.-Seiiores
Administradores
:
En vista de
la
consulta hecha
a
este Ministe-
rio, tanto por
10s
Administradores de Hacienda,
co&o
por varios
comerciantes de esta ciudad, sobre si ,la sal marina debe continuar
pagando
el
derecho de un peso en moaleda nacional, conforme a1
Decreto del Congreso Na:ional de 16 de Marzo pr6ximo pasado,
supuesto que la ley de
7
de Julio corriente nada dice sobre
el
par-
ticular, someti la cuestion a1 Gabierno
;
y
&de, considerando
lo.
Que
el
Congreso Nacionall, en vista de la escas6z
de
sal
que1
se
esperimentaba en las Provincias del interior,
a
causa del crecido
derecho de importacion que tenia,
fu6
que dib el decreto de 16 de
Marzo imponibndole solamente un peso en moneda nacional
a
ca-
da barril de sal para lograr
su
introduccion, como en e€ecto se
consiguib:
29.
Que a1 formar la ley de 6 de Abril pr6ximo pasa-
do tuyo presente estas circunstancias para dejar en fuerza y vi-
gor el citado Decreto, segun
se
espresa en
su
artitculo 39.; y en
fin, que a1
no
haber hecho menicion (de
61
en la iey de
7
de Julio
corriente, prueba suficientemente que no hub0 la intencion de
abrogarlo, m6xime cuando
es
constante que l6jos de haber cesado
las causas que lo dictaron, Qstas se han aumentado de dia en dia
cha de sal que existia en las sallinas de Bani.
3
hacihdose mas imperativo aun con
la
pbrdida total de la cose-
'r
Ha resuelto, para aclarar las .dudas que SB han presentado,
-
(1)
-V.
n6m.
100.

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