Ley Nº 16-96. Ley que Crea Un Juzgado de Paz para Asuntos Municipales en el Municipio de Bonao

Fecha de publicación30 Septiembre 1996
Fecha de disposición19 Septiembre 1996
Número de registro3334350
Número de Ley16-96
Número de Gaceta9935
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA (SCJ).
-10-
Leone1 Fernandez
Ley No. 16-96 que crea
un
juzgado de paz para asuntos municipales en el municipio
de Bonao.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
LeyNo. 16-96
CONSIDERANDO: Que el municipio de Bonao ha experimentado un
crecimiento demografico muy extraordinario en 10s ultimos aiios.
CONSIDERANDO: Que dicho crecimiento impide prestar con eficiencia 10s
servicios de ornato y limpieza de las calles y areas verdes de la comunidad, las cuales es
necesario mantener libres de desperdicios, chatarras, y materiales de construccion que
impiden el normal desenvolvimiento peatonal de 10s moradores.
VISTA la Ley No.821, de fecha 21 de noviembre del 1927, sobre
Organizacion Judicial, y
sus
modificaciones.
VISTA la Ley No.675, de fecha 14 de agosto del 1944, sobre
Urbanizaciones y Ornato Publico, y
sus
modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Articulo 1.- Se crea el Juzgado de Paz para 10s Asuntos Municipales en el
municipio de Bonao.
Articulo 2.- Sera atribucion de este Juzgado de Paz para 10s Asuntos
Municipales, conocer solo las violaciones a las leyes, ordenanzas, reglamentos y
resoluciones municipales que en la actualidad son competencia del Juzgado de Paz.
Articulo
3.-
Los fondos necesarios para el funcionamiento de este Juzgado
de Paz para 10s Asuntos Municipales, seran consignados en la Ley de Gastos Publicos.
Articulo 4.- Del monto total de las multas aplicadas por este Juzgado de Paz
para 10s Asuntos Municipales, el 75% sera destinado a1 Ayuntamiento Municipal de Bonao.

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