Ley Nº 173-02. Ley que Instituye el Colegio Dominicano de Medicos Veterinarios
Número de Ley | 173-02 |
Fecha de disposición | 29 Octubre 2002 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2002 |
Número de registro | 3338196 |
Número de Gaceta | 10184 |
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Ley No. 173-02 que instituye el Colegio Dominicano de Mkdicos Veterinarios.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 173-02
CONSIDERANDO: Que la medicina veterinaria ha adquirido en el pais en
10s ultimos
aiios
un extraordinario auge y que la institucion por ley del Colegio Dominicano
de Medicos Veterinarios constituye una necesidad perentoria para todo el pais, tanto para
organizar el ejercicio de la profesion como establecer normas de conducta y eficiencia que
le permitan a la sociedad dominicana esperar de 10s medicos un ejercicio profesional
idoneo;
CONSIDERANDO: Que es necesario que el Estado, a traves de
su
poder
correspondiente, legisle de un modo tal que constituya una corporacion de derecho publico
interno y de caracter autonomo que, en forma mandatoria establezca un instrumento legal
cuyas disposiciones aseguren a 10s profesionales de la medicina veterinaria una autogestion,
que someta
sus
ejercicios a tecnicas acorde con 10s mejores intereses de la sociedad;
CONSIDERANDO: Que el medico veterinario es un profesional que se
desempeiia en areas que benefician a la sociedad desde un punto de vista de la salud
publica, produccion de alimentos de alto valor biologico, sanidad animal, investigacion y la
higiene y tecnologia de 10s alimentos, sin que estas funciones Sean limitativas de otro tip0
de trabajo que realizan estos profesionales;
CONSIDERANDO: Que la institucion, por Ley del Colegio Dominicano de
Medicos Veterinarios, vendria a garantizar la funcion social del ejercicio de la profesion,
asi como a establecer normas, procedimientos e instituciones de asistencia, socorro y
atencion a las necesidades de 10s medicos veterinarios y
sus
familiares, tanto, en el orden
material como en el social y espiritual.
VISTA la Constitucion de la Republica Dominicana.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- Por la presente ley se constituye el Colegio Dominicano de
Medicos Veterinarios, como corporacion de derecho publico interno, de caracter autonomo
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