Ley Nº 185-07. Que modifica el articulo 3 de la ley no. 99-04, del 2 de febrero de 2004, mediante el cual se incorpora la seccion calderon, del municipio cambita garabitos, al municipio los cacaos, de la provincia san cristobal.

Fecha de disposición02 Agosto 2007
Número de Ley185-07
Fecha de publicación03 Agosto 2007
Número de Gaceta10428
-59-
Rubh Dario Cruz Ubiera
Secretario Ad-Hoc
Amarilis Santana Cedano,
Secretaria
DADA
en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a 10s
veintitres (23) dias del mes de julio del
aiio
dos mil siete (2007); aiios 164 de 1aIndependencia
y
144 de la Restauracion.
Julio C6ar Valentin Jiminian
Presidente
Maria Cleofia Sanchez Lora
Secretaria
Teodoro Ursino Reyes
Secretario
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
PROMULGO
la presente Resolucion
y
mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su
conocimiento
y
cumplimiento.
DADA
en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana,
a 10s dos (2) dias del mes de agosto del aiio dos mil siete (2007); aiios 163 de la Independencia
y
144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Ley No.
185-07
que modifica el Articulo
3
de la Ley No.
del
2
de febrero de
2004,
mediante el cual se incorpora la Seccion Calderon, del Municipio Cambita Garabitos, a1
Municipio Los Cacaos, de la Provincia San Cristobal.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica

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