Ley Nº 23-91. Ley que Eleva a la Categoria de Distrito Municipal, la Seccion de Matanzas de la Jurisdiccion del Municipio de Bani
Fecha de disposición | 14 Octubre 1991 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1991 |
Número de registro | 3332862 |
Número de Ley | 23-91 |
Número de Gaceta | 9818 |
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para
su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos
noventa y uno;
aiio
148O de la Independencia y 129O de la Restauracihn.
JOAQUIN BALAGUER
Ley No.
23-91
que eleva a la categoria de Distrito Municipal, la Seccion de Matanzas,
de la Jurisdiccion del Municipio de Bani.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
LEY No. 23-91
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas, del municipio de Bani, es
un centro urban0 que ha experimentado un notable desarrollo socio-econhmico en 10s
ultimos aiios, alcanzando una poblacihn que se estima en mas de
6
mil habitantes;
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas reune 10s medios de
infraestructuras requeridas para ejercer funciones de ente municipal, ya que posee: clinica
rural, destacamento de policia, centro comunal con diversas instalaciones, biblioteca
publica, parque recreativo, cementerio ampliado, centro parroquial donde funciona una
escuela de capacitacihn femenina y un centro de madres, parroquia Santo Domingo de
Guzman, nucleo educativo, escuela primaria e intermedia, extension del Instituto Agrario
Dominican0 y Direccihn de area de la Secretaria de Estado de Agricultura;
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas es sede de la Zona Franca
Industrial Banileja, que genera unos
5
mil empleos directos y con perspectivas para unos 30
mil, una vez completado el proyecto de
60
naves industriales, lo cual genera, ademas,
empleos indirectos y un flujo constante de inmigrantes a esta comunidad;
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas es un centro de produccihn
agricola y pecuario, con un asentamiento Agrario (AC-Maximo Ghmez), con un
asentamiento ganadero creado por la Presidencia de la Republica, con la donacihn de 3 mil
tareas de tierra a criadores del lugar, explotacihn pesquera y pequeiias empresas pesqueras,
agricolas, agroindustriales y artesanales;
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