Ley Nº 23-91. Ley que Eleva a la Categoria de Distrito Municipal, la Seccion de Matanzas de la Jurisdiccion del Municipio de Bani

Fecha de disposición14 Octubre 1991
Fecha de publicación01 Enero 1991
Número de registro3332862
Número de Ley23-91
Número de Gaceta9818
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para
su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos
noventa y uno;
aiio
148O de la Independencia y 129O de la Restauracihn.
JOAQUIN BALAGUER
Ley No.
23-91
que eleva a la categoria de Distrito Municipal, la Seccion de Matanzas,
de la Jurisdiccion del Municipio de Bani.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
LEY No. 23-91
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas, del municipio de Bani, es
un centro urban0 que ha experimentado un notable desarrollo socio-econhmico en 10s
ultimos aiios, alcanzando una poblacihn que se estima en mas de
6
mil habitantes;
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas reune 10s medios de
infraestructuras requeridas para ejercer funciones de ente municipal, ya que posee: clinica
rural, destacamento de policia, centro comunal con diversas instalaciones, biblioteca
publica, parque recreativo, cementerio ampliado, centro parroquial donde funciona una
escuela de capacitacihn femenina y un centro de madres, parroquia Santo Domingo de
Guzman, nucleo educativo, escuela primaria e intermedia, extension del Instituto Agrario
Dominican0 y Direccihn de area de la Secretaria de Estado de Agricultura;
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas es sede de la Zona Franca
Industrial Banileja, que genera unos
5
mil empleos directos y con perspectivas para unos 30
mil, una vez completado el proyecto de
60
naves industriales, lo cual genera, ademas,
empleos indirectos y un flujo constante de inmigrantes a esta comunidad;
CONSIDERANDO: Que la Seccihn de Matanzas es un centro de produccihn
agricola y pecuario, con un asentamiento Agrario (AC-Maximo Ghmez), con un
asentamiento ganadero creado por la Presidencia de la Republica, con la donacihn de 3 mil
tareas de tierra a criadores del lugar, explotacihn pesquera y pequeiias empresas pesqueras,
agricolas, agroindustriales y artesanales;

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