Ley Nº 249-12. Ley que Autoriza Al Ministerio de Hacienda a Otorgar la Aprobacion Al Banco de Reservas de la Republica Dominicana, para que Pueda Conceder Al Ayuntamiento de Santo Domingo Este, Un Financiamiento de Rd$300,000,000.00 para Ser Destinado a la Construccion del Edificio Municipal de Ese Municipio

Fecha de disposición14 Agosto 2012
Número de Ley249-12
Fecha de publicación01 Enero 2012
Número de registro3368851
Número de Gaceta10692
-92-
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Ley No. 249-12 que autoriza al Ministerio de Hacienda a otorgar la aprobación al
Banco de Reservas de la República Dominicana, para que pueda conceder al
Ayuntamiento de Santo Domingo Este, un financiamiento de RD$300,000,000.00 para
ser destinado a la construcción del edificio municipal de ese municipio. G. O. No.
10692 del 15 de agosto de 2012.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 249-12
CONSIDERANDO PRIMERO: Que de conformidad con la Constitución Política de la
República Dominicana, el ayuntamiento constituye la entidad política administrativa básica
del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es
propio. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política,
fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local,
con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren
necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el
cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constitución y las leyes
lo determinen.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que los ayuntamientos cuentan con plena capacidad
jurídica para adquirir, poseer, reivindicar, permutar, gravar o enajenar toda clase de bienes,
celebrar contratos, establecer y explotar obras y servicios públicos, obligarse, interponer los
recursos establecidos y ejercitar las acciones previstas en las leyes vigentes.
CONSIDERANDO TERCERO: Que en el marco del Art. 207 de la Constitución Política
de la República Dominicana, las obligaciones económicas contraídas por los municipios,
incluyendo las que tengan el aval del Estado, son de su responsabilidad, de conformidad
con los límites y condiciones establecidos en la ley.
CONSIDERANDO CUARTO: Que el ayuntamiento demanda de un espacio físico
adecuado para el mejor funcionamiento de todas las operaciones y así brindar un mejor
servicio a nuestros munícipes.
CONSIDERANDO QUINTO: Que actualmente la Alcaldía Municipal gasta
mensualmente más de Un Millón de pesos (RD$1,000,000.00) por concepto de pago de
alquiler de diez diferentes locales rentados, los cuales se encuentran dispersos por todo el
municipio.

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