Ley Nº 315-06. Ley que Concede una Pension del Estado en Favor del Señor Jose Altagracia Sanchez.

Fecha de disposición17 Julio 2006
Número de Ley315-06
Fecha de publicación01 Enero 2006
Número de registro3340207
Número de Gaceta10379
-17-
Ley No. 315-06 que concede una pension del Estado en favor del senor Josk Altagracia
Sinchez.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 315-06
CONSIDERANDO: Que el profesor Jose Altagracia Sanchez ha sido un
servidor publico por mis de veinticinco aiios, dedicado a la formacion academica e
intelectual de niiios y jovenes;
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado dominicano proteger a 10s
valores de nuestro pais.
VISTA la Constitucion de la Republica,
VISTA la Ley No.379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y
Jubilaciones Civiles del Estado.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- Se concede una pension mensual del Estado, por la suma
de quince mil pesos (RD$15,000.00), a favor del seiior Jose Altagracia Sanchez.
ARTICULO
2.-
Dicha pension sera pagada con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de la Ley de Gastos Publicos.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de septiembre del aiio dos mil cinco
(2005);
aiios
162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
Alfredo Pacheco Osoria,
Presidente
Severina Gil Cameras,
Secretaria Josefina Alt. Marte Duran,
Secretaria

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