Ley Nº 37-17. Ley que Reorganiza el Ministerio de Industria y Comercio.

Fecha de disposición03 Febrero 2017
Número de Ley37-17
Fecha de publicación01 Enero 2017
Número de registro3381006
Número de Gaceta10873
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
-3-
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Ley No. 37-17 que reorganiza el Ministerio de Industria y Comercio. G. O. No. 10873
del 15 de febrero de 2017.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 37-17
Considerando primero: Que los artículos 134 y 136 de la Carta Magna establecen que por
ley se crearán ministerios para el despacho de los asuntos de gobierno, en la que la ley
determinará las atribuciones de los ministerios y viceministerios.
Considerando segundo: Que el Decreto No.56-10, del 6 de febrero de 2010, reconoce que
la designación pura y simple de las antiguas secretarías de Estado como ministerios no
reemplaza la necesidad de reformar mediante ley las secretarías de Estado e incluso
suprimir algunas de ellas, de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública.
Considerando tercero: Que la República Dominicana ha adoptado mediante la Ley No.l-
12, del 25 de enero de 2012, Orgánica de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la
República Dominicana 2030, una estrategia nacional de desarrollo que ordena consolidar
las instancias de coordinación interinstitucional con el propósito de articular el diseño y
ejecución de las políticas públicas y asegurar la debida coherencia, complementariedad y
continuidad de las políticas transversales y sectoriales, así como impulsar un Estado
procompetitivo que elimine la duplicidad de instituciones y funciones, mediante el
establecimiento y aplicación efectiva de un marco normativo para la coordinación de los
procedimientos de las instituciones públicas centrales, descentralizadas y locales.
Considerando cuarto: Que dentro del tercer eje estratégico de la referida estrategia
nacional de desarrollo se prevén como líneas de acción el fomento de la cultura
emprendedora, la inserción de la mujer en sectores no tradicionales, la elevación de la
eficiencia, capacidad de inversión y la productividad de las micros, pequeñas y medianas
empresas (MIPYMES).
Considerando quinto: Que dicha estrategia nacional de desarrollo dispone dentro de sus
políticas transversales la participación social mediante la creación de espacios que faciliten
la corresponsabilidad ciudadana; por tanto, el crecimiento económico de la República
Dominicana debe contar con la participación activa de sus ciudadanos a través de la
consolidación del emprendimiento empresarial como herramienta de empoderamiento
económico e inclusión social.

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