Ley Nº 389-07. Dispone que la Provincia Salcedo Se Denominara Provincia Hermanas Mirabal e Integrada por el Municipio de Salcedo, que es su Cabecera y los Municipios de Tenares y Villa Tapia.

Fecha de disposición19 Noviembre 2007
Número de Ley389-07
Fecha de publicación06 Diciembre 2007
Número de registro3347391
Número de Gaceta10448
EmisorSECRETARIA DE ESTADO DE INTERIOR Y POLICIA.
-7-
Ley No.
389-07
dispone que la provincia Salcedo se denominara Provincia Hermanas
Mirabal e integrada por el Municipio de Salcedo, que es
su
cabecera y 10s municipios
de Tenares y Villa Tapia.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No.
389-07
CONSIDERANDO:
Que la localidad de Ojo de Agua, provincia Salcedo, fue el lugar que
vio nacer y crecer a las Hermanas Mirabal, quienes tuvieron la valentia de luchar por la
libertad politica de su pais, oponiendose firmemente contra una de las tiranias mis ferreas
que ha tenido latinoamerica, la de Rafael Leonidas Trujillo;
CONSIDERANDO:
Que debido a esa actitud fueron perseguidas, encarceladas varias
veces
y
finalmente brutalmente asesinadas el
25
de noviembre de
1960;
CONSIDERANDO:
Que las Hermanas Mirabal hoy son conocidas como heroinas de la
Republica Dorninicana, han sido inmortalizadas en poemas, novelas, arte y otros hechos
que dan fe de su persistencia;
CONSIDERANDO:
La gran cantidad de monumentos que se han erigido en su nombre,
como es el Obelisco del Malecon, y que dan testimonio de la obra lograda por ellas;
CONSIDERANDO:
Que han recibido reconocimientos a nivel internacional, siendo
prueba de esto que en honor a estas valientes hermanas, cada
25
de noviembre se
conmemora el Dia Internacional de la
No
Violencia Contra la Mujer, establecido en el
Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe del aiio
1981;
VISTA:
La Ley
No.5220,
del
21
de septiembre de
1959,
sobre Division Territorial de la
Republica Dorninicana, y sus modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Articulo
1.-
La provincia Salcedo, a partir de la presente ley, se denominara Provincia
Hermanas Mirabal. Estara compuesta por el municipio de Salcedo que sera la cabecera,
ademas de 10s municipios Tenares y Villa Tapia, con todas sus secciones y parajes.
Articulo
2.-
La Secretaria de Estado de Interior y Policia dara cumplimiento a la presente
ley.

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