Ley Nº 449. Impresion de Sellos

Fecha de disposición07 Abril 1920
Número de Ley449
Fecha de publicación01 Enero 1920
Número de registro3361668
Número de Gaceta3108
-1’71-
Julio,
1920.
Toda Ley
o
parte de Ley contraria
a
ella queda
F
derogada.
THOMAS
SNOWDEN,
Contra-AImirante de
la
Armada
de
10s
Estados Unidos.
Gobernador
Militu
do
Sank
Do-.
Santo Domingo,
R.
D.
Abril
7
de
1920.
GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINIGO.
OrdeIr
Ejcc-ltivcr
Yo.
448.
G.
0.
No.
3108.
En
virtud
de
10s
poderes de que
se
haiia investido
,el
Gobier-
no
Mitar
de Santo Dominge se dicta
y
primulga la siguiente
Or-
den Ejececutiva
:
Art.
1.-A
partir de la publicacih de la presente Orden
Ejecutiva,
10s
mkdiccs
de las chrceles de la Repcblica, quedan bajo
la dependencia \de
la
Secretarl’a
de
Estado de Sanidad
y
Benefi-
cencia, en todo
lo
me concierne
a
sus deberes en las chrceles, y
por
eonsiguiente, sometidos a
las
replamentaciones que a1 efecto dicte
el
Secretario de Estado Sanide‘d
y
Reneficencia.
1)
THOMAS
SNOWDEN.
Contm-Almirante de
la
Armada de lor
Gobernador Militar
de
Santo Dominpe.
Estados Unidos.
Santo
Domingo,
R.
D.
Abril
7
de
1920.
GOBIERNO
MILITAR
Dl3
SAMTO
D.OMIN4%3
Orden
Ejemtiva
No.
449.
G.
0.
No.
3108.
El
Gobierno
Militar
de Sarito DomIngo,
en
virtud de 10s
pode-
res
de
que se hal!a investido, y
,de
acuerdo con el Articulo
84
de
la
Ley
de
Rentas Internss de
1918
y
el
PBrrafo3a
del
Articulo
53
de
la
Constitucibn
de
la
Repitblica, autoriza
la
impresi6n
de...
.
1

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