Ley Nº 492. Ley que Concede Facilidades Temporales para el Matrimonio de las Personas Unidas Irregularmente.

Fecha de disposición25 Enero 1944
Fecha de publicación29 Enero 1944
Número de Ley492
Número de registro3274866
Número de Gaceta6026
Niim.
5329.-DECRETO del
P.
del Gobierno Provisional relativo
a
las imputaciones
B
10s
funcionarios piib1icos.-G.
0.
Nfim.
2539 del 16 de Setiembre 1914.
DR. RAMON
BAEZ,
Presidente Provisional de
la
Repciblica.
Considerando
:
que es nccescrio rodear
de
rtbsolutas garan-
tias
la
libre emisfin del pensamiento,
DECRETO
:
Art.
19
Las imputaciones hechas
a
10s
funcionarios
pslbli-
cos no constituyen difamaci6n ni injurias, cuando dichas
impu-
taciones
Sean
la expresi6n de
la
verdad.
Art.
29
La prisi6n preventiva no procede en
10s
casos de
di-
famaci6n
6
injuria
contra
funcionarios piiblicos.
Dado en Santo Domingo, Capital de
la
RepGblica,
a
10s
14
dias del
mes
de
setieinbre
de
1914; aiio
71
de la Independencia
Y
52
de
Is
Restauraci6n.
DR.
BAEZ.
El
Secretario de
Estado
de Justicia e Instrucci6n Piiblica:
J.
B.
Peynado.
N6m. 5330.-DECRETO del
P.
del Gobierno Provisional que con-
cede una nueva pr6rroga para inscripcih
de
titulcs de
~CJ-
piedad.-G.
0.
N6m. 2539 del
16
de Setiembre
1914.
DR. RAMON
BAEZ,
Presidente Provisional de la Reptiblica.
Considerando: que el 25 de mayo del presente aiio,
se
ha
vencido el plazo
de
la pr6rroga concedida por
el
Congreso Na-
sional en fecha
4
de abrii del mismo aiio,
a
todos 10s
propieta-
rios
de terrenos para que inscriban
sus
titulos en
la
forma
es-
tablecida por la Ley de Inscripci6n Territorial
;

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