Ley Nº 548. Ley que Modifica el Art. 1 de la Ley No. 1387, del 23 de Septiembre de 1937. (impuesto sobre Maderas).
Fecha de disposición | 29 Marzo 1944 |
Número de Ley | 548 |
Fecha de publicación | 01 Abril 1944 |
Número de registro | 3276396 |
Número de Gaceta | 6055 |
COLECCION
DE
LEYES, DECRElOS
&.-1848
161
Art.
2O.
Queda en vigor, hasta que sea_constitucionalmen-
te aborgada, la ley organica del
11
de Junio de 1845, como asi
mismo el personal y demas atribuciones prescritas por esa ley.
Art.
3~.
Las funciones de judicatura creadas por la referi-
da
ley
de Julio de 1848, quedan igualmente extinguidas
y
no exis-
tentes, hasta nueva disposicion.
Art. 40. El presente decreto abroga toda disposicion que
le
sea contraria, y sera enviado a1 Poder Ejecutivo para su pro-
mulgacion dentro del t6rmino Constitucinoal.
El Congreso Nacional, en nombre de la Rep6blica Domini-
cans,
ejedtese el decreto que suspende la ley organica de 13 de
Julio de 1844,
y
pone en vigor la de
11
de Junio de 1845.
Dado en el Palacio Naciona'l del Congreso
a
10s once dias del
mes de Octubre de 1848, y 5". de la Patria.-El Presidente
del
Congreso,
J.
N. Tejera.-Los Secretarios
:
Juan Curie1.-Delga-
do.-Antonio Ramirez.
CGmplase, comuniquese
y
circule en todo el territorio de la
Rep6blica Dominicana, el decreto que suspende ia ley organica
de
13
de Julio de 1848, y pone en vigor la dle
11
de Junio de 1845.
Dado, sallado y refrendado en Santo Doming0
a
10s
trece
dias del mes de Octubre de
1848,
afio
59.
de la Patria.-El
Pre-
sidente de 'la Republica, Jimenes.-Refrendado
:
El Ministro Se-
cretario de Estado en
10s
Despachos del Interior
kc.,
encargado
de la Cartera de Justicia
6
Instruccion Pfiblica.--Fklix Merce-
nario.
(2)
Ntim. 174.-(*)-DECRETO del
IC.
N. erijiendo en comun el
pueblo de Hato Mayor.
Dios, Patria y Libertad.-Republica
Dominicans.-El
Con-
sejo Conservador y
,la
ICArnara del Tribunado, reunidos en Con-
greso.
Visto el oficio del Poder Ejecutivo, fecha
4
de Setiembre,
sotmetiendo
a1
(Congreso
la
representacion de
10s
habitantes del
pueblo de Hato Mayor.
Visto igualmente el informe de su Comision
de
.peticiones
:
Considerando: que
a
mas de reunir el pueblo de Hato Ma-
(2)-V. num.
41.
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