Ley Nº 7-06. Ley que Eleva el Distrito Municipal de Villa Montellano, del Municipio de Puerto Plata, a la Categoria de Municipio.

Fecha de publicación01 Enero 2006
Fecha de disposición20 Enero 2006
Número de registro3339989
Número de Ley7-06
Número de Gaceta10352
-89-
Ley No. 7-06 que eleva el Distrito Municipal de Villa Montellano, del Municipio de
Puerto Plata, a la categoria de Municipio.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 7-06
CONSIDERANDO:
Que el poblado de Montellano, Distrito Municipal de
Puerto Plata, tiene mas de veinticinco mil
(25,000)
habitantes y la poblacion total de dicho
distrito excede 10s cincuenta y tres mil
(53,000)
habitantes, y manifiesta un notable y
sostenido desarrollo durante 10s ultimos aiios;
CONSIDERANDO:
Que las actividades industriales, educativas, sociales,
culturales, sindicales, religiosas, politicas y deportivas hacen del Distrito Municipal de
Montellano una colectividad pujante y progresista, que reclama 10s incentivos
indispensables para
su
desarrollo;
CONSIDERANDO:
Que un reflejo de esa pujanza de Montellano lo
constituyen las multiples actividades productivas
o
sociales, asi como las instituciones que
alli se desenvuelven, entre las que se encuentran las siguientes: liceo secundario, colegios
privados, iglesias, centros de comunicacion telefonica y de telecomunicaciones, acueducto,
cine, cooperativas, estaciones gasolineras, fabrica de blocks, farmacias, hospital del
Instituto Dominican0 de Seguros Sociales (IDSS), Centro Materno Infantil, de la Secretaria
de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS), Casa de la Cultura, matadero,
instalaciones deportivas, y una de las mis importantes fabricas de azucar a1 granel como lo
es el Ingenio Montellano;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolucion
No. 19-92,
del
30
de octubre
de
1992,
el Ayuntamiento del Municipio de Puerto Plata, favorecio la elevacion de
Montellano a la categoria de Distrito Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, asimismo, la Resolucion
No.1396,
del
15
de
agosto de
1996,
del Ayuntamiento del Municipio de Sosua, unico municipio colindante con
Montellano, ofrecio
su
apoyo a la medida de elevacion de la categoria mencionada.
VISTA
la Ley
No.5220,
del
21
de septiembre de
1959,
sobre Division
Territorial de la Republica Dominicana, y
sus
modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Art.
1.-
El Distrito Municipal de Villa Montellano comprendido en la
jurisdiccion territorial del municipio de Puerto Plata, provincia de Puerto Plata, queda
erigido en municipio, con el nombre de Municipio de Villa Montellano.

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