Ley Nº 783. Asignacion de Fondos

Fecha de disposición14 Agosto 1922
Fecha de publicación01 Enero 1922
Número de registro3264953
Número de Ley783
Número de Gaceta3351
17istr
i:)
Cr,oTciti:d
pl,p\
r,l
PI
dt
3:jfwitivo,
nor 6rgano
del
bliniFtro
(it.
F~m~-iit~
)r&s
Publicas,
por
el seiior Custa-
vo
Jnrot
Tks
Comj,cs,
t;xhhno
suizo, con
sti
c'.omici!io en la
comfin de Sabana de
la
Mar. pidielido le sea ccncedida Patente
pri\.iIeyisdn
dth
inwnci6n
para
u1;
:i~)arnfo
inventado
por
61,
de-
nominado
Sl?:tIZCCIic?
KE?_'LXICO,
para
aserrar maderas;
Ccn+ctcr?ndo:
que
cI
xefior
GustaT-o
Jacot
Des
Comber:
ha
1
nlinistro
dc
Fomento
y
Obras
Piiblicas el plano
ctcl
:ipar:~
de
referencia.
Y
de acuerdo con
Ias
prescripcionps contmidas en
e1
Decreto del Congreso Nacional
de
fecha
24
de
Junio
de
1891,
RESUELVE
Conceder
a1
sefior Gustavo Jacot
Des
Combes, ciudadano
suizo,
residente
en
la
corniin
de
Sabana
de
la
Mar,
Patente
Pri-
vilegiada
de
Invenci6n
pur
quince afios, para que pueda usar,
falricar
y
vender el apvato de
su
invenci6n denominado
SE-
RRUCHO
XIECANICO,
cuya
descripcibn es
la
sigsienie
:
Una
m8quin:J
CIE
merrar maderas,
mecbnica,
horizontal, porthtil,
com-
puesta
de
unit sierra ordinaria
horizontal
adoptada
a
un carril
con
movimiento
de
raivkn,
que
se
le
trasmite por fuerza
exte-
rior. El objeto
que
se
ha
de
aserrar,
ya
sea troneo
de
zirbol
6
otra
madern,
en
el
mor?te
6
en
un
ta!ler,
se
eola.ca,en
un
carro
con carileras, perpendicular
a
la sierra
y
con morimiento de avan-
ce combinado con el
de
la
sierra.
Todo
segh
se
ve
en
el
Plano
presentdo
por
el
inventor
y
clue
yueda de;iosit:ldo en
!os
archi-
vos
dcl
Ministerio
de
Pomento
y
Obras
Pliblicas.
La
fuerza ne-
cesaria pxa
e!
fuxionamiento del Serrucho lClec6nico podrb
ser por medio
de
un volante movido por fuerza de sanyre
6
pox-
cualquiera
otra
fuerza
6
motor portitil.
El
mencionado
Scrr~ch
l'vLLi;ic~
co
un
apbrato
f6cilmente
de,montakAe
en
diez
partes,
5
saber:
1G
volante
COI!
llantas
de
!ii?rr~,
2'
Cciri-il
zoport
de
12
sierra,
3"
Marco
conductor del ca-
rril,
4'
Soporte
desmcntable pos
dcs
perms,
5'
Excdntr-ica con
SLI
palanc:~,
G'
Apzirct,)
de
:Lvznce
del
carro,
7q
Marc0
.le
vigas
la-
804
COLECCION
DI:
LEYES, DECRETOS
&.-
1906
bra-
is.
8’
Carro con
!os
carriles
1wra
fijar
el
o’ljeto
qiip
se
ha
de
aserrar,
9@
Carriles
que
pueden
ser
de hiesro
6
de
madera,
9
109
Rueda de la fuerza trasmisora a1 Serrucho MccBnico. Todas
estas
piezas,
segh
lo
dice
ell
inventor, no exceder!
er,
peeo
6
25
kilirgramos cada una.
Dada
t.n
el Palacio Nacic
a1
de Santo Domingo, capita1 de
la Repliblica,
B
10s
11
dim del mes de Junio de
1906:
aiio
63
de
la
Independencia
y
43
de
la
Restauraci6n.
~-
~__z
_.
__
__----
-
El Presidente de
la
Rep~blica,
R. CACERES.
Refrendada:
El
Ministro
de
Fomento
y
Obras Publicas:
-
F.
L.
VBsquez.
Ntlrn.
4711.-RESOLUCION del
P.
E.
que autorizu
a
L)arni&i
Ramh
a
estableccr
tma
,linea telef6nica prlvnda.-G.
0.
Nbm.
1703
del
14
de Julio
1906.
EL PODER EJECUTIVO
Vista la sdicitud que
por
6rgano del Ministerio de
Correos
y
Telhgrafos eleva a1 Poder Ejecutivo el seiior DamiBn Ramis,
del domicilio
y
residencia
de
Cant6n Pinientei, paia que se le au-
torice
a
tender,
por
sy
menta, una linea te1el”biiica que partien-
do de su casa
cmierciai,
sita en el referido Canth, vaya
A
re-
matar
5
la propiedad urbana del mismo denrminada
Caoba,
cbi-
cada en aquella jurisdicci6n,
RESUELVE
:
Art. Unico: Autorizar a1 serior DamiBn Ramis
6
tender la
19
La
linea
no debera prestarse a1 servicio pGblico;
29
EJ
Gobierno
6
sus
autoridades podran hacer us0 gratui-
to
de ells para asuntos del servizio;
30
Los
hilos deberBn partir,
seguir
y
finalizar sin cruzar
con
las lineas establecidas
6
en construcci6n, guardando
con
dlas una distancia minima de cincuenta pies en
tcdo
cl
trnywto.
Dada en
el
Palacio Nacional de Santo Domingo, captial de
linea en referencia mediante
las
condiciones aiguientes
:
804
COLECCION
DI:
LEYES, DECRETOS
&.-
1906
bra-
is.
8’
Carro con
!os
carriles
1wra
fijar
el
o’ljeto
qiip
se
ha
de
aserrar,
9@
Carriles
que
pueden
ser
de hiesro
6
de
madera,
9
109
Rueda de la fuerza trasmisora a1 Serrucho MccBnico. Todas
estas
piezas,
segh
lo
dice
ell
inventor, no exceder!
er,
peeo
6
25
kilirgramos cada una.
Dada
t.n
el Palacio Nacic
a1
de Santo Domingo, capita1 de
la Repliblica,
B
10s
11
dim del mes de Junio de
1906:
aiio
63
de
la
Independencia
y
43
de
la
Restauraci6n.
~-
~__z
_.
__
__----
-
El Presidente de
la
Rep~blica,
R. CACERES.
Refrendada:
El
Ministro
de
Fomento
y
Obras Publicas:
-
F.
L.
VBsquez.
Ntlrn.
4711.-RESOLUCION del
P.
E.
que autorizu
a
L)arni&i
Ramh
a
estableccr
tma
,linea telef6nica prlvnda.-G.
0.
Nbm.
1703
del
14
de Julio
1906.
EL PODER EJECUTIVO
Vista la sdicitud que
por
6rgano del Ministerio de
Correos
y
Telhgrafos eleva a1 Poder Ejecutivo el seiior DamiBn Ramis,
del domicilio
y
residencia
de
Cant6n Pinientei, paia que se le au-
torice
a
tender,
por
sy
menta, una linea te1el”biiica que partien-
do de su casa
cmierciai,
sita en el referido Canth, vaya
A
re-
matar
5
la propiedad urbana del mismo denrminada
Caoba,
cbi-
cada en aquella jurisdicci6n,
RESUELVE
:
Art. Unico: Autorizar a1 serior DamiBn Ramis
6
tender la
19
La
linea
no debera prestarse a1 servicio pGblico;
29
EJ
Gobierno
6
sus
autoridades podran hacer us0 gratui-
to
de ells para asuntos del servizio;
30
Los
hilos deberBn partir,
seguir
y
finalizar sin cruzar
con
las lineas establecidas
6
en construcci6n, guardando
con
dlas una distancia minima de cincuenta pies en
tcdo
cl
trnywto.
Dada en
el
Palacio Nacional de Santo Domingo, captial de
linea en referencia mediante
las
condiciones aiguientes
:

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