Ley Nº 97. Ley que Regula el Regimen de Exenciones y Privilegios a que Estan Sujetas las Misiones Diplomaticas y Consulares Extranjeras Acreditadas en la Republica

Número de registro3290313
Fecha de publicación01 Enero 1965
Fecha de disposición29 Diciembre 1965
Número de Ley97
EmisorDIRECCION GENERAL DE EXONERACIONES
Número de Gaceta8964
DICTO LA
SIGUIENTE
LEY:
P
v
ARTICULO UNIC0.-A partir del Iro de enero de
1966,
queda nuevamente prorrogada por seis meses mas,
la
vigencia
d?
la
Ley
No.
361,
de feeha
10
de agosto de
1964,
que establece
un
impuesto interno de consulno de
15y
ad-valorem
sobre
las
iiiercancfas importadas.
DADA
y
PROMULGADA en
el
Palacio Nacional, Santo
l)omingq, Distrito Naciona’, Capital de la Republica Domini-
tana, a 10s veintiocho
dias
del mes
de
diciembre del aiio
mil
nnvecientos sesenta
y
cinco, afios
1220
de la Independencia
y
1039
de ‘a Restauracihn.
*
Publiquese en la Gaceta Oficial, para
su
conocimiento
y
*
cunip imiento,
y
en un peri6dico de amplia circui’aci6n en
el
i
rritorio nacional.
HECTOR GARCIA GODOY
XOTA.
La presente Lev fue publcada oficia‘mente en el
dia-
ria
“E1
Caribe”
del
29
de Diciembre
de
1965.
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de ia Rep6blica Dominicana
Eln Nombre de
‘a
Republica
---
NUMERO
97
Visto el articulo
2
del Acto Institucional.
HA
DADO LA SIGUIENTE LEY:
Art, 1.-Las Misiones Diplomaticas
y
Consulares Extran-
jeras acreditadas en
la
Rep6blica
y
sus
respectivos rniembros
cbtaran sujetos a1 regimen de exenciones
y
privi‘egjos en la
forma
qve
se establece por
la
presente
Ley.
9-
Y

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