La necesidad de un control de fusiones en el ámbito del derecho de la competencia de la República Dominicana

AutorCamila Méndez Arzeno
CargoAbogada asociada Guzmán Ariza, Abogados y Consultores
Páginas1-4

En el pasado muchas empresas internacionales han intentado llevar a cabo consolidaciones industriales con el pretexto de que beneficiarán al mercado por la supuesta reducción en los precios y el acceso de los consumidores a productos o servicios que antes no eran asequibles para ellos. Por el contrario, la experiencia ha demostrado en numerosas ocasiones que las alianzas entre grandes compañías competidoras crean gigantes comerciales con un mayor poder de negociación sobre los consumidores y demás agentes económicos del mercado, resultando en un aumento considerable de los precios y menor calidad en los servicios y productos1. Asimismo, estas concentraciones de poder económico colocan a las empresas fusionadas en una posición tan ventajosa que suelen crear el ambiente idóneo para el desarrollo de monopolios y de prácticas anticompetitivas en detrimento de las demás empresas del mercado2.

En consecuencia, la mayoría de los países del mundo han promulgado regulaciones específicas de fusión para evitar estas situaciones. Aunque difieren según el país, los controles de fusiones suelen considerar el valor de la operación y el tamaño o importancia comercial de las partes que se fusionan3 y, por lo general, las autoridades de competencia basan su decisión en el impacto de la operación respecto a la competencia efectiva en el mercado, es decir, si la transacción impide o reduce sustancialmente la competencia por situar a una empresa en una posición dominante frente a otras4. El Reglamento (CE) número 139/2004 del Consejo de Regulación de la Unión Europea sobre el control de concentraciones entre empresas, así como las regulaciones estadounidenses supervisadas por la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos (Federal Trade Commission en inglés), son ejemplos de los regímenes de antimonopolio más avanzados en el mundo.

No obstante, las operaciones de fusiones transfronterizas continúan siendo un desafío considerable en el ámbito del derecho de la competencia debido a sus efectos en más de una jurisdicción. El principal problema regulatorio relacionado con las decisiones tomadas por las autoridades de competencia en todo el mundo es que, por lo general, dichas decisiones solo son vinculantes y ejecutables dentro de su jurisdicción, en el entendido de que se debe proteger la soberanía nacional de los demás países. En este escenario, las empresas multinacionales que realizan una fusión o adquisición en un país están exentas de solicitar autorización a otros países donde la operación pueda tener repercusiones indirectas, a menos que ambas jurisdicciones así lo requieran de forma expresa. Además, las jurisdicciones afectadas indirectamente pueden carecer o tener un control de...

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