UN NUEVO REGIMEN de delitos economicos

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"UN NUEVO REGIMEN de delitos economicos"

Jaime R. Angeles

La República Dominicana tiene la necesidad de adecuar parte de su legislación económica para incorporar reglas modernas sobre la conducción de negocios y de protección de áreas del diario vivir que hasta hoy no son protegidas, ya sea por un derecho positivo inadecuado o simplemente inexistente.

Los trabajos de la Comisión Técnica creada por el Poder Ejecutivo tuvieron por objetivo la creación de un proyecto de ley de Código de Ordenamiento de Mercado, el cual reposa en el Congreso Nacional, particularmente en el Senado, y está pendiente de la revisión y del estudio de ambas cámaras legislativas. Sin embargo, es menester señalar que los trabajos de la Comisión no pudieron ser completados, debido a la falta del análisis de ciertos aspectos de fondo y de forma, parte de los cuales serán enunciados en el presente artículo.

La importancia del instrumento jurídico que se pretende formular es singular, ya que en un único bloque se dispondrían reglamentaciones sobre la promoción, competencia, protección al consumidor, represión de la competencia, la propiedad intelectual e industrial, y la autoridad competente.

No cabe duda que el contenido del Código haría pensar a cualquiera que estas disposiciones van a afectar, cambiar, perjudicar o beneficiar la forma en la cual todas las personas en la República Dominicana hacen negocios cotidianamente.

Tal y como veremos, entre acuerdos prohibidos, reglas nuevas y estrictas de protección al consumidor y nuevas regulaciones en el uso de la propiedad intelectual (en sentido general) van a tocar y a modificar el "modus operandi" de las empresas grandes y pequeñas en el país.

Sólo habría que empezar a cuestionarse cuántas compañías hacen publicidad engañosa para atraer clientes que en muchos casos no obtienen los artículos o servicios publicitados y así también, cuántas empresas han sido afectadas por las actuaciones desleales en sus competidores.

En la actualidad todas las prácticas ilícitas relativas a las materias que contiene el proyecto de Código, al no estar sancionadas por leyes especiales, los derechos de los afectados solamente están protegidos por la regla original y general de la responsabilidad civil: "Todo hecho del hombre que cause un daño a otro, obliga a aquel por cuya culpa sucedió a repararlo", (artículo 1382 Código Civil).

Así, quien es o ha sido víctima de una de estas prácticas desleales tiene un camino más cuesta arriba desde el punto de vista probatorio para reclamar sus derechos, ya que debe aportar no sólo las pruebas del delito sino también deberá probar la concurrencia de los elementos que tipifican la falta civil.

Con el régimen que se propone crear, el trazo jurídico será esclarecido y las normas del comercio se tornarán claras. En el aspecto jurídico habrá con esta pieza legislativa, de ser aprobada, presunciones de responsabilidad, facilidad en la forma de prueba y acciones de protección a los derechos más expeditas.

Por lo antes señalado y, claro está, por todos los ejemplos y situaciones que el lector pueda imaginar, estas nuevas reglas deben ser redactadas de manera clara y precisa para que las mismas no ocasionen un efecto distorsionador y contrario, como sería el "desordenamiento" del mercado (aunque quizás esta palabra no cabe, ya que nuestro mercado nunca ha sido organizado).

Código Vs. leyes separadas:

Este proyecto de Código bien pudo haberse dispuesto su formulación en diferentes leyes que abarcaran las mismas áreas: Una ley de competencia, otra de competencia desleal, una adicional de propiedad industrial y así sucesivamente.

Nos parece que la forma adoptada no es lo importante sino el fondo de las reformas introducidas, debido a la correlación obligatoria existente en las materias que serán reguladas en el Código de Ordenamiento del Mercado.

Además, si la sociedad civil desea personal especializado para trabajar en propiedad industrial e intelectual, en materia de competencia o en derecho del consumidor, quizás sea inteligente tener una sola dependencia oficial y autónoma que trabaje con sus diferentes departamentos o direcciones según el área.

Debernos puntualizar que de todas formas la razón de más peso que impulsa la idea es la economía y optimización de recursos para ser utilizados en el estudio y la decisión de los temas y procesos que se originen con su aplicación...

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