Tesis Jurisprudencial de 21 de Junio de 1996 sobre PERENCIÓN DE INSTANCIA.

Fecha de Resolución21 de Junio de 1996

PERENCIÓN DE INSTANCIA:

Que por los antes expuesto se comprueba que dicha Sentencia contiene motivos suficientes y pertinentes, que justifican su dispositivo; que bastaba que la Corte a-qua comprobara que no se había fijado la audiencia que se alegaba había interrumpido la perención de la instancia, para acoger como lo hizo, la demanda en perención, por lo cual en dicha Sentencia no se incurrió en los vicios y violaciones denunciadas; que en tales condiciones los medios que se examinan de fundamento y deben ser desestimado.

Sentencia No. 3, 21-6-96, B.J. 1027, página...

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