Tesis Jurisprudencial de 18 de Marzo de 1977 sobre PERSONAS MORALES.

Fecha de Resolución18 de Marzo de 1977

PERSONAS MORALES.

Responsabilidad penal.-Las personas morales no son penalmente responsables.

CONSIDERANDO que por los medios primero y cuarto de su memorial de casación la recurrente alega esencialmente que "en el presente caso no podría dictarse una sentencia penal contra una persona moral"; porque "el artículo 175 de la referida ley establece claramente que cuando las violaciones prevrales las penas de prisión y multa serán impuestas a los gerentes, representantes o administradores de las mismas"; que, en este orden de idea, al ser inculpada la compañía recurrente de violación del artículo 122, que incrimina el hecho de dejar pastar reses en la carretera, el ministerio público no tenía facultad para intentar la acción pública contra dicha compañía comercial, sino contra la persona física autora de la infracción; que, por consiguiente, el juez a quo ha debido declarar inadmisible la acción pública, y revocar la sentencia apelada; que al no haberlo hecho así, ha violado las reglas que rigen el apoderamiento de los tribunales en materia correccional, y su sentencia debe ser casada, sin envío, por no...

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