La politica minera excluye al pais de la competencia internacional

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"La política minera excluye al país de la competencia internacional"

Gisela Ramírez de Perdomo

En el 1968, año en que entré a formar parte de la Dirección General de Minería como Consultora Jurídica, el mayor trabajo de esta oficina consistía en la administración de los permisos de materiales de construcción, arena, grava y gravilla.

Los asuntos de la minería básica se reducían al manejo de los documentos y muestras que llegaban para archivarse sobre los embarques de bauxita en Pedernales y a una que otra comunicación acerca de las exploraciones de níquel en Bonao, por la Falconbridge Dominicana C. por A., o de cobre, por la Mitsubishi Mining Company.

Tan modesta era aquella dependencia que todos los empleados cabíamos en lo que había sido el área de cocina y servicio de la otrora elegante residencia de doña Marina Trujillo, hermana del dictador, transformada en sede de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio.

Nos visitaban con alguna regularidad dos prestantes abogados, Don Julio Peynado y Don Marino Cáceres, el primero representando a la Falconbridge Dominicana C. por A. y el segundo, a la Alcoa Exploration Company, empresa titular de la bauxita.

También a menudo venía una persona que no debe olvidarse en cualquier recuento que se haga sobre la minería del país, el señor Leland P. Johnston, militar retirado del ejército norteamericano metido a prospector minero, por su interés en un permiso de investigación en relación con la zona de Pueblo Viejo, área que por ese entonces se consideraba agotada desde la colonia.

Esta introducción sirve para resaltar el crecimiento de la actividad minera a partir de sus modestos inicios. Con el transcurrir de los años hemos visto surgir los complejos industriales del níquel en Bonao y el del oro en Pueblo Viejo, Cotuí, y hasta agotarse los óxidos de esta mina.

Ahora se habla del oro atrapado en sus sulfuros; se sabe también de la presencia de este valioso mineral y otros en Cerro Maimón, El Higo y El Yujo, en las inmediaciones de Bonao y La Vega, Miches en el Este, Neita y Sabaneta en la Línea Noroeste, Nandita y La Cuaba en Villa Altagracia, sin olvidar el cobre de Mata Grande, en San José de las Matas y el manganeso de las Cañitas, entre las provincias de Azua y la Vega.

Se desarrollan además las canteras de calizas con sus múltiples usos industriales a lo largo y ancho de la geografía nacional, mientras el yeso y la sal siguen estancados en el Suroeste.

En términos geológicos se puede afirmar que somos un país atractivo para los inversionistas interesados en la especie, por lo que el tema de la minería y de su ley reguladora viene a ser de una necesidad innegable, si se quiere que esta actividad se desarrolle con los fundamentos que exige su importancia en el futuro económico del país.

La legislación minera;

El derecho minero dominicano está contenido básicamente en la Ley No. 146 del 4 de junio de 1971, publicada en la Gaceta Oficial No. 9231 del 16 del mismo mes y año. Se le agregan otras leyes específicas, una es la Ley No. 4532 del 30 de agosto de 1956, modificada por la Ley No. 4833 del 17 de enero de 1958 que regula la exploración, explotación y beneficio...

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