La presencia centenaria del sistema torrens en la República Dominicana

AutorWilson Gómez Ramírez
CargoJuez del Tribunal Constitucional y exdirector nacional de Registro de Títulos
Páginas53-60
DERECHO INMOBILIARIO
LA PRESENCIA CENTENARIA DEL SISTEMA TORRENS
EN LA REPÚBLICA DOMINICANA
Wilson Gómez Ramírez
Juez del Tribunal Constitucional y exdirector nacional de Registro de Títulos.
dr_gomez@hotmail.com
RESUMEN:
El sistema Torrens ha funcionado ininterrumpidamente durante cien años en la República
Dominicana, único país donde tiene vigencia en América Latina, salvo Brasil (que conserva
este sistema solo para inmuebles ubicados en zona rural). Nuestro sistema ha logrado
integrar exitosamente sus órganos: tribunales de tierras, direcciones de mensuras, registro
de títulos y Abogado del Estado. Los tres primeros son dependencias del Poder Judicial; el
último, del Poder Ejecutivo. Este sistema ha logrado reducir la conflictividad, su
inscripción es constitutiva y convalidante, y la presunción de exactitud iuris et de iure;
tiene fuerte eficacia registral, de ahí que el seguro de título no ha sido necesario.
PALABRAS CLAVES:
Saneamiento, inmatriculación, función calificadora, conservaduría de hipotecas, sistema
Torrens, principio de publicidad, fe pública registral, derecho inmobiliario, República
Dominicana.
La denominada Ley de Tierras, promulgada mediante la Orden Ejecutiva núm. 511, del
fecha 1.º de julio de 1920, y publicada en la Gaceta Oficial núm. 3138, del 31 de julio de
1920, viabilizó la incorporación del sistema Torrens a la vida jurídica de nuestro país. Sin
lugar a dudas, este se constituyó en una garantía para el titular de un derecho inmobiliario,
toda vez que otorgó certeza al negocio con la tierra y puso en manos del dueño del derecho
de propiedad un certificado respaldado por una fuerte fe pública y dotado de
imprescriptibilidad. Se recuerda que hubo una versión de esta norma en idioma inglés, la
cual se publicó en la Gaceta Oficial núm. 3147, del 1.º de septiembre de 1920.
En las justificaciones presentadas por los norteamericanos, como han advertido algunos
tratadistas de la materia inmobiliaria —entre los que figura J. A. Bonilla Atiles—, se
profieren ofensas innecesarias e inmerecidas contra el pueblo dominicano, toda vez que la
alegada confusión en los títulos, el fraude, el chantaje a gran escala y los despojos de los
terrenos a propietarios era una cuestión común en todo el mundo, por lo que era una
ignominia categorizarla como algo singular o propio de nuestro país.

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