Protección marcaria en Centroamérica

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"Protección marcaria en Centroamérica"

Orlando Jorge Mera.

La firma de Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana y Centroemérica, el 16 de abril de 1998, ha tenido como consecuencia inmediata elm registro de una gran cantidad de marcas de fábrica dominicanas en Panamá, Costa Rica, El Salvador, Nicaragua, Guatemala y Bélice.

Estas acciones tienen el fin ampliar el respectro de protección de los productos nacionales ante la apertura comercial que abrirá las fronteras de nuestro país a las naciones centreaméricana.

Adicionalmente al interés comercial que está unido al registro de la propiedad industrial de la empresas dominicana en Centroamérica, otro motivi que causó alarma en sector empresarial e industrial dominicano fue el hecho de que fue el hecho de que diversas personas que, con fines malintencionados, registraron en los distintos países controamericanos determinadas marcas de reconocida calidad y reputación en Républica Dominicana, sin la autorización de sus legítimos tiutlares.

Estos registros, a todas luces ilegales, revelan que, además de las complejidades propias de la integración, los propietarios de marcas de fábricas deberán enfrentar la industria "pirata", con el impacto legal que ello implica.

Las actuaciones de la piratería internacional tuvieron como consecuencia que, entre los convenios post-firma del Tratado de Libre de Comercio, los gobiernos crearon una Comisión de Propiedad Intelectual con el fin de armonizar las legislaciones controamericanas y dominicanas que rigen la materia.

En ese sentido, el Resumen del Tratado de Libre Comercio, distribuido por la prensa nacional, señala únicamente lo siguiente: "en cuanto los derechos de propieda intelectual, las partes confirman los derechos y obligaciones vigentes entre ellas de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIG), del Acuerdo que crea la Organización Mundial de Comercio.

El plazo de seis meses convenido entre los países para establecer mecanismo de protección de propiedad intelectual entre Repúbli Dominicana y Centroamérica es suficiente para definir adecuar a las necesidades efictivas del Tratado de Libre Comercio todas las leyes de propiedad intelectual que tiene una relación directa con el mismo.

Un punto de partida que debe ser ponderado es la adhesión de Republica Dominicana al " Convenio Centroamericano para la protección de la propiedad industrial"...

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