Reglamento Nº 2014. Reglamento para el Cobro del Impuesto de Maderas Aserradas.
Número de reglamento | 2014 |
Fecha de disposición | 06 Octubre 1937 |
Número de registro | 3270563 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1937 |
Número de Gaceta | 5080 |
-258-
Reglamento para el cabro
del
impruesto de madleras aserradas.--
G.
0.
No.
5080, del
9
de
Octubre
de
1937.
GENERALESJMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,.
Presidente de la Republica Dorninicana.
BENEFACTOR
DE
LA PATIIA.
NUME)RO
2014.
En ejercicio de la atribucih que me confiere el inciso ter-
cero del articulo cuarenta
y
nueve de la Constituci6n del
Es-
tado,
VISTA la ley numero
1387,
promulgada en fecha
23
de
septiembre de
1937,
dicto el siguiente
REGLAMENTO PARA EL COBRO DIEL IMPUESTO
SOBRE MADERAS ASERlRADAS
:
Art.
1.-
Todo aserrador de maderas para corte de cajas
o
construcci6n,
y
todo acaparador de maderas aserradas a
ma--
no
-el
cual
se
comsiderara tambih, paya
10s
fines de este
re-
glamento, como un aserrador- para la venta, debera solicitar
de
la
Direcci6n General de Rentas Interna,s
su
inscripci6n
en
un registro que
se
llevarii
a1
efecto, suministrando
a
dicha
ofi-
ciinna, en la solicitud, 10s siguientes datos:
a)-
Nombre completo del solicitante, numero
y
serie
de
su
c6dula personal de identidad;
b)-
Nombre que llevara la empresa;
e)-
Lugar, comdn
y
provincia en
que
ubicara
el
negacio;,
d)- kclase del negocio,
si
es
aserradero movido por fuer-
za
motriz
o
muscular
o
por otra fuema,
o
si es dep6sito de aca-
parar maderas aserradas
a
mano, para la venta;
e)- Cantidad de mruquinarias
o
instrumentos de que
H
compondra el aserradero, objeto
y
marca de cada uno de
10s
mismos
;
f)-
Clase
de fuerza que utilizma para
la
operaci6n
d~
cada clase de maquinarias
o
instrumentos
;
g)- !Capacidad maxima de produeci6n del aserradero,
en
pi6
cuadradoe de madera, por cada dia continuo de labor,
con-
siderando doce horas corridas
COMO
un
dia.
Parrafo
I.-
Esta solicitud debe ser encaminada por
to-
da persona que tenga en la actualidad aserradero,
o
que ejer-
za
el negocio de acaparador de maderas sserrada,s
a
mano,
en
actividad
o
n6,
dentro de
10s
quince dias de la fecha de publi-
cacidn de este *reglamento
5n
la
IGaceta OficiaI.
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