Reglamento Nº 441-06. Reglamento de Aplicacion General No. 1 de la Ley No. 567-05 del Sistema de Tesoreria de la Republica Dominicana.

Número de registro3341774
Fecha de disposición03 Octubre 2006
Fecha de publicación01 Enero 2006
Número de reglamento441-06
EmisorCAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA (CCRD).
Número de Gaceta10389
-14-
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de octubre de dos mil seis (2006); aiios 163 de la
Independencia y 144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No.
440-06
que nombra a1 senor Martin
A.
Camacho, Gobernador de la
Provincia Espaillat, como Delegado de 10s Consejos Provinciales de Desarrollo ante el
Consejo Nacional de Cultura.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO:
440-06
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la Constitucion de la
Republica, dicto el siguiente:
DE
CRE
T
0:
ARTICULO
1.
El seiior Martin
A.
Camacho, Gobernador de la Provincia Espaillat, queda
designado Delegado de 10s Consejos Provinciales de Desarrollo ante el Consejo Nacional
de Cultura, en sustitucion del Dr. Guarocuya Cabral.
ARTICULO
2.
Enviese a la Secretaria de Estado de Cultura, para 10s fines
correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de octubre de dos mil seis (2006); aiios 163 de la
Independencia y 144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Reglamento No.
441-06
de Aplicacion General No.
1
de la Ley No.
567-05
del Sistema
de Tesoreria de la Republica Dorninicana.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO:
441-06
-15-
CONSIDERANDO: Que el Gobierno dominicano ha iniciado un proceso de
rnodernizacion y reforma de la adrninistracion financiera del Estado, el cual tiene por
finalidad introducir modificaciones sustantivas a toda la Adrninistracion Publica, tendentes
a sistematizar 10s procesos, las operaciones de programacion, la gestion y la distribucion de
10s recursos del Sector Publico Nacional;
CONSIDERANDO: Que uno de 10s objetivos basicos de la Adrninistracion Publica es
lograr mayor eficiencia, eficacia y transparencia en la Gestion Financiera del Estado, sin
alterar
su
equilibrio;
CONSIDERANDO: Que en el marco de la Teoria de Integracion de Sistemas, cuando
estos se interrelacionan entre si para conformar un microsistema superior, cada uno de ellos
constituye un sistema con
sus
propias caracteristicas;
CONSIDERANDO: Que el subsistema de Tesoreria, en el context0 del Sistema Integrado
de Gestion Financiera, constituye el elemento principal para la gestion de Caja; en terminos
de ingresos, de egresos y del manejo de las disponibilidades del Tesoro;
CONSIDERANDO: Que en el marco de lo expuesto, la Tesoreria Nacional, es un sistema
que esta conformado por un conjunto de principios, normas, organos y procesos tecnicos
necesarios para llevar a cab0 la funcion de captacion de ingresos, el registro y la custodia
de 10s fondos y 10s valores emitidos
o
puestos bajo
su
responsabilidad, la adrninistracion de
las cuentas bancarias y 10s pagos que se ordenan, siempre que 10s mismos esten expresados
en valores monetarios;
CONSIDERANDO: Que mediante la Ley No.567-05, del 30 de diciembre de 2005, se
promulga el nuevo instrumento juridic0 que norma la Tesoreria Nacional y la integra a la
vision moderna que regira para todo el Sistema de Adrninistracion Financiera Integrada del
Estado;
CONSIDERANDO: Que para una mejor aplicacion de la citada ley es necesario establecer
las bases normativas y organizativas del Sistema de Tesoreria, asi como determinar el
alcance de 10s conceptos juridicos y contables que
su
aplicacion encierra;
VISTA: La Ley No. 3893, Gaceta Oficial No.7730, del 18 de agosto del 1954, que crea la
Tesoreria Nacional y la Ley No.567, del 30 de diciembre de 2005, que crea el Subsistema
de Tesoreria, como organo del Sistema de Adrninistracion Financiera Integrada Publica;
VISTA: La Ley No.4378, del 10 de febrero del 1956, que crea las Secretarias de Estado y
establece
sus
funciones;
VISTA: La Ley No. 2461, Gaceta Oficial No.7151, del 24 de julio del 1950, sobre
Especies Timbradas;
VISTA: La Ley No.126, del 27 julio de 2001, que crea la Direccion General de
Contabilidad Gubernamental:

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