Resolución Nº 03/2004 del Banco Central de la República Dominicana, 31-03-2004

Fecha31 Marzo 2004
EmisorBanco Central (República Dominicana)
.../
-DESIGNACION-
RESOLUCION JM 040330-03
-FECHA-
2004/03/30
-TITULO-
TERCERA RESOLUCION DE FECHA 30 DE MARZO DEL 2004, QUE APRUEBA LA
VERSION DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE NORMAS PRUDENCIALES DE
ADECUACION PATRIMONIAL
-MODIFICACION-
PRIMERA RESOLUCION DEL 24 DE FEBRERO 2004
-DESCRIPTORES-
APROBACION; VERSION DEFINITIVA; REGLAMENTO DE NORMAS
PRUDENCIALES DE ADECUACION PATRIMONIAL
-TEXTO-
AVISO
Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado su
Tercera Resolución de fecha 30 de marzo del 2004, cuyo texto se transcribe a
continuación:
“VISTOS los literales d) y g) del Artículo 4, literal c) del Artículo 9, Artículo 15
y Artículo 46 de la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 del 21 de noviembre
del 2002;
VISTA la Primera Resolución dictada por la Junta Monetaria el 24 de febrero
del 2004, contentiva de Proyecto de Reglamento de ‘Normas Prudenciales de
Adecuación Patrimonial’, publicado en uno o más diarios de amplia circulación
nacional para fines de consulta con los sectores interesados;
VISTO el Reglamento de ‘Normas Prudenciales de Adecuación Patrimonial’ en
su versión definitiva, elaborado conjuntamente por el Banco Central de la
República Dominicana y la Superintendencia de Bancos;
CONSIDERANDO que el Artículo 9 de la Ley Monetaria y Financiera, confiere
a la Junta Monetaria la facultad de dictar los Reglamentos para el desarrollo de
la Ley, para lo cual deberá recabar opiniones de los sectores interesados, en
cumplimiento de lo dispuesto en el literal g) del Artículo 4 de la misma Ley;
CONSIDERANDO que se recabaron las opiniones de los sectores interesados,
en cumplimiento de lo dispuesto con el literal g) del Art. 4 de la misma Ley;
-2-
CONSIDERANDO que se han cumplido todos los requisitos establecidos en la
Ley para la aplicación del Reglamento de ‘Normas Prudenciales de Adecuación
Patrimonial’
Por tanto, la Junta Monetaria
R E S U E L V E:
Aprobar el Reglamento de ‘Normas Prudenciales de Adecuación Patrimonial’ y
autorizar su publicación, el cual copiado a la letra dice así:
ADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA
JUNTA MONETARIA
REGLAMENTO DE
‘NORMAS PRUDENCIALES DE ADECUACION PATRIMONIAL’
Santo Domingo, D.N.
Marzo, 2004
‘NORMAS PRUDENCIALES DE ADECUACION PATRIMONIAL’
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
OBJETO, ALCANCE Y AMBITO DE APLICACION
Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto establecer la
normativa y la metodología que deberán aplicar las entidades de intermediación
financiera para dar cumplimiento a las normas prudenciales sobre la adecuación
patrimonial previstas en la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 del 21 de
noviembre del 2002.
Artículo 2. Alcance. El alcance de este Reglamento comprende los criterios y
conceptos que deberán tomarse en consideración para la identificación de los
componentes del patrimonio técnico, los porcentajes de riesgo para la
ponderación de los activos y operaciones contingentes, así como otras

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