Resolución Nº 047-2024 del Ministerio de Hacienda, 2024

Número de resolución047-2024
Año2024
Fecha24 Febrero 2024
KO
,
GOBIERNO
DE
LA
REPUBLICA
DOMINICANA
HACIENDA
Resolución
DM-047-2024,
que
modifica
la
Resolución
núm.
159-2023
de
fecha
30
de
mayo
de
2023,
que
aprueba
la
versión
actualizada
del
contrato
estándar
que
regirá
la
concesión
para
la
instalación
y
operación
de
una
lotería
electrónica.
EL
MINISTRO
DE
HACIENDA
CONSIDERANDO
(1):
que
el
artículo
3
numeral
29
de
la
Ley
núm.
494-06,
de
fecha
27
de
diciembre
de
2006,
establece
dentro
de
las
atribuciones
de
la
Secretaría
de
Estado
de
Hacienda
(hoy
Ministerio
de
Hacienda),
la
de
«ordenar
y
otorgar
las
licencias
respectivas
a
todos
los
juegos
de
azar,
tales
como
la
Lotería
Nacional,
sorteos,
rifas
benéficas,
casinos
y
establecimientos
de
juegos
de
azar,
máquinas
tragamonedas
y
otros
juegos
electrónicos,
bingos
y
cualquier
otra
manifestación
de
los
mismos
e
inspeccionar
el
cumplimiento
de
las
normativas
relativas
a
dichas
actividades».
CONSIDERANDO
(2):
que
la
Ley
núm.
253-12,
de
fecha
9
de
noviembre
de
2012,
del
fortalecimiento
de
la
capacidad
recaudatoria
del
Estado
para
la
sostenibilidad
fiscal
y el
desarrollo
sostenible,
establece
en
su
artículo
50
que:
«Los
juegos
de
azar,
las
loterías,
los
sorteos,
las
rifas
benéficas,
casinos
y
establecimientos
de
juegos
de
azar,
máquinas
tragamonedas,
bingos
y
cualquier
otra
manifestación
de
los
mismos
para
operar
en
el
país
deberán
solicitar
la
licencia
en
el
Ministerio
de
Hacienda».
CONSIDERANDO
(3):
que
la
Ley
núm.
155-17,
de
fecha
1.
*
de
junio
de
2017,
contra
el
lavado
de
activos
y
financiamiento
al
terrorismo,
establece
en
el
numeral
17
del
artículo
2,
que
cuando
el
sujeto
obligado
sea
casino
de
juegos
de
azar,
bancas
de
lotería
y
de
apuestas
deportivas,
concesionarios
de
loterías,
y
demás
juegos
de
azar
quedará
bajo
la
Supervisión
de
la
Dirección
de
Casinos
y
Juegos
de
Azar,
del
Ministerio
de
Hacienda.
CONSIDERANDO
(4):
que,
asimismo,
la
citada
Ley
núm.
155-17
designa
a la
Dirección
de
Casinos
y
Juegos
de
Azar
del
Ministerio
de
Hacienda,
como
autoridad
competente
y
garante
de
la
prevención,
persecución
y
sanción
del
lavado
de
activos,
el
financiamiento
del
terrorismo
y la
proliferación
de
armas
de
destrucción
masiva
en
el
sector
de
los
juegos
de
azar,
otorgándole
la
potestad
reguladora
o
supervisora
que
le
permita
disponer
de
la
información
actualizada
de
la
identidad
de
las
sociedades
que
operan
o
desean
operar
en
el
país,
de
sus
actividades
y
de
los
beneficiarios
finales
de
las
mismas,
mediante
la
ejecución
de
un
proceso
de
debida
diligencia.
CONSIDERANDO
(5):
que
la
Ley
núm.
107-13,
de
fecha
6
de
agosto
de
2013,
sobre
Derechos
de
las
Personas
en
su
Relación
con
la
Administración
y
de
Procedimiento
Administrativo,
en su
artículo
3
numeral
5
establece
como:
«Principio
de
igualdad
de
trato:
Por
el
que
las
personas
que
se
encuentren
en
la
misma
situación
serán
tratados
de
manera
igual,
garantizándose,
con
expresa
motivación
en
los
casos
concretos,
las
razones
que
puedan
aconsejar
la
diferencia
de
trato».
y
S]
1
Avenida
México
45
G,
Santo
Domingo
República
Dominicana
TELEFC
687
5131
HACIENDA.GOB.DO

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