Resolución Nº 102-19. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Ingenio Porvenir y el Señor Roberto Antonio Pérez Herrera, a Través del Cual el Primero Traspasa Al Segundo, una Porción de Terreno de 958.63MTS², Dentro de la Parcela No. 7 (pte.), D.C. No. 1, del Municipio Ramón Santana, Lugar Cumayasa, D.N.

Fecha de disposición16 Abril 2019
Número de resolución102-19
Fecha de publicación22 Abril 2019
Número de registro3393650
Número de Gaceta10940
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
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Res. No. 102-19 que aprueba el contrato entre el Ingenio Porvenir y el señor Roberto
Antonio Pérez Herrera, a través del cual el primero traspasa al segundo, una porción
de terreno de 958.63Mts², dentro de la Parcela No. 7 (Pte.), D.C. No. 1, del municipio
Ramón Santana, lugar Cumayasa, D.N. G. O. No. 10940 del 22 de abril de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 102-19
VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de permuta suscrito entre el Estado dominicano y Roberto Antonio
Pérez Herrera.
VISTA: La Resolución del Senado de fecha 10 de octubre de 2006, mediante la cual se
crea un mecanismo especial para el conocimiento y sanción de contratos de ventas de
terrenos con menos de 500.00 metros cuadrados y apartamentos construidos con carácter
social.
VISTA: La Resolución del Senado de fecha 27 de marzo del año 2007, mediante la cual se
extiende el rango de metraje cuadrado para conocimiento y sanción de los contratos de
terrenos comprendidos entre quinientos uno (501.00) hasta mil (1,000.00) metros
cuadrados.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta entre el Estado dominicano y Roberto Antonio
Pérez Herrera, 958.63 mt.², ubicados dentro del ámbito de la parcela No. 7 (parte), d el
Distrito Catastral No. 1, del municipio Ramón Santana, lugar Cumayasa, valorado en la
suma de RD$263,623.25, suscrito en fecha 15 de agosto del año 2002, que copiado a la
letra dice así:
CONSEJO ESTATAL DEL AZUCAR
CEA
LUGAR: CUMAYASA
CF-B3039
CONTRATO DE COMPRA VENTA DE TERRENOS
ENTRE: De una parte, el Ingenio Porvenir, institución autónoma del Estado dominicano,
organizada y existente de conformidad con la Ley No.7, de fecha 19 del mes de agosto del
año 1966, válidamente representado por el Director Ejecutivo, Ing. Víctor Manuel Báez,

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