Resolución Nº 118-10. Resolución que Aprueba el Convenio de Credito Suscrito Entre la Republica Dominicana, Representada por el Ministro de Hacienda y el Instituto de Credito Oficial del Reino de España, por la Cantidad de Us$49,800,000.00, para Ser Utilizada en la Construccion y Puesta en Marcha del Acueducto Multiple de Peravia.

Fecha de disposición20 Agosto 2010
Número de resolución118-10
Fecha de publicación01 Enero 2010
Número de registro3365559
Número de Gaceta10586
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
-135-
Res. No. 118-10 que aprueba el Convenio de Crédito suscrito entre la Repùblica
Dom inicana, representada por el Ministro de Hacienda y el Instituto de Crédito
Oficial del Reino de Espafia, por la cantidad de US$49,800.000.00, para ser utilizada
en la construcci6n y puesta en marcha del Acueducto M ùltiple de Peravia. G. 0. No.
10586 del 28 de agosto de 2010.
EL CO NG RESO NA CIONAL
En Nombre de la Repùblica
Res. No. 118-10
VISTO: E1 Articulo 93, Numeral l), literales J) y K) de la Constituciôn de la Repflblica.
VISTO: E1 convenio de Crédito suscrito en fecha 26 de marzo de 2010, entre la Repflblica
Dominicana y el lnstituto de Crédito Oficial de1 Reino de Espafia, por un importe de
175$49,800,000.00 (Cuarenta y Nueve M illones Ochocientos Mi1 Dôlares).
R E S U E L V E:
IINICO: APROBAR el Convenio de Crédito suscrito en fecha 26 de marzo de 2010, entre
la Repflblica Dominicana, representada por el M inistro de Haciendao Lic. Vicente Bengoa
Albizu, y el lnstituto de Crédito Oficial de1 Reino de Espafia, representado por D. Diego
Bermejo Romero de Terreros, Embajador de Espafia en Repflblica Dominicana, por un
importe de 175$49,800,000.00 (Cuarenta y Nueve Millones Ochocientos Mi1 Dôlaresl; si
procede, dicho importe podrâ incrementarse hasta financiar el 50% de la prima de seguro
CESCE. Este crédito corresponde al 50% la financiaciôn oficial espafiola, destinada a
financiar el disefio, construcciôn y puesta en m archa de1 Acueducto M flltiple de Peravia,
que copiado a la letra dice asi:
-136-
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I'resitiènte #': & Ltkegi6ûca k minicana
P. E. No.: 49-10
PODER ESPECIAL AL M IN ISTR O DE HACIENDA
En virtud de las atribuciones que me contiere el Articulo l 28 de la Constittzcién de la
Puepflblica Dominicana y de conformidad con las clisposiciones de la Ley No. 1486, del 20
de rnarzo del 1938 sobre la Jtepresentacién del Estado en los Jtctos Jtuïdicos por el
presente documento otorgo PODER ESPECIAL AL MINISTRO DE HACIENDA para
que, a nonnbre y en representacién del Estado donénicano susciba con el lnséhato de
Créclito Oticial (1CO) del Reino de Espafla un convenio de crédito por un monto de
Ctuarenta y Nueve Millones Ochocientos Mil Délares de los Estados Unidos de América
con 00/1 00 (US$49 800 000.00) mâs el cincuenta porciento (508,.$) de la prima provisional
de CESCE para ser utilizados en el Enanciamiento del disefio constrtzccién y puesta en
marcha del Acueducto Mflltiple de Peravia. Dicho proyecto constrtzctivo es el objeto del
Contrato Comercial Ermado el 19 de noviembre de 2009 entre el consorcio conformado
por las ernpresas Jtcciona Jtgua, S.JV. de Espa;a y Jtbi-3zarrarn 51 orilo lngeréeros
Arquitectos, S.A., de la Puepflblica Dominicana y el lnstittzto Nacional de Ag'uas Potables y
Alcantarillados (INAPA), de la Puepflblica Dominicana.
El presente Poder Especial sustittzye y deroga el Poder Especial No.33-l 0 del 12 de febrero
de 20 l0.
Dado en Santo Domingo de Gtlzmâno Distrito Nacional capital de la Repflblica
Dominicana a los veintictuatro (24) dias del mes de febrero del afio dos mil diez (201 0).
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Leonel Fernéndez

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