Resolución Nº 118-17. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Ingenio Ozama y la Señora María Josefina del Carmen Rodríguez Lantigua, a Través del Cual el Primero Vende a la Segunda, una Porción de Terreno de 250.00 Mts², Dentro de la Parcela No. 3-A (pte), D.C. No. 9, Manzana 34, Solar No. 6, Sección San Luis, Lugar Urbanización Caña Linda, D.N.
Fecha de disposición | 27 Abril 2017 |
Número de resolución | 118-17 |
Fecha de publicación | 03 Mayo 2017 |
Número de registro | 3383202 |
Número de Gaceta | 10881 |
Emisor | CONGRESO NACIONAL (CN). |
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DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial,
para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la Repúbli ca
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017),
años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 118-17 que aprueba el contrato entre el Ingenio Ozama y la señora María
Josefina del Carmen Rodríguez Lantigua, a través del cual el primero vende a la
segunda, una porción de terreno de 250.00 Mts², dentro de la parcela No. 3-A (pte),
D.C. No. 9, manzana 34, solar No. 6, sección San Luis, lugar Urbanización Caña
Linda, D.N. G. O. No. 10881 del 3 de mayo de 2017.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 118-17
VISTO: El Inciso 19 del Art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de compra-venta de terrenos suscrito en fecha 20 de marzo del 2002,
entre el INGENIO OZAMA y la señora MARÍA JOSEFINA DEL CARMEN
RODRÍGUEZ LANTIGUA.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el contrato de compra-venta de terrenos suscrito en fecha 20 de
marzo del 2002, entre el INGENIO OZAMA, representado por su Director Ejecutivo, ING.
VÍCTOR MANUEL BÁEZ, de una parte, y de la otra parte, la señora MARÍA JOSEFINA
DEL CARMEN RODRÍGUEZ LANTIGUA, por medio del cual el primero traspasa a la
segunda, una porción de terreno con una extensión superficial de doscientos cincuenta
(250.00) metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No. 3-A (Pte.), D.C.
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