Resolución Nº 122-19. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Estado Dominicano y la Señora Graciela Merán Zabala, y su Adéndum de Fecha 10 de Enero de 2008, a Través del Cual el Primero Vende a la Segunda, una Porción de Terreno de 53.57 Mts²., Dentro de la Parcela No. 110-REF.-779C, del D.C No. 4, del Distrito Nacional.

Fecha de disposición08 Mayo 2019
Número de resolución122-19
Fecha de publicación10 Mayo 2019
Número de registro3393698
Número de Gaceta10941
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
-64-
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DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ocho (8) días del mayo del año dos mil diecinueve (2019), año 176 de la
Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 122-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y la señora
Graciela Merán Zabala, y su adéndum de fecha 10 de enero de 2008, a través del cual
el primero vende a la segunda, una porción de terreno de 53.57 Mts²., dentro de la
parcela No. 110-Ref.-779C, del D.C No. 4, del Distrito Nacional. G. O. No. 10941 del
10 de mayo de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 122-19
VISTOS: El contrato de venta suscrito en fecha 16 de enero de 2002, entre el Estado
dominicano y la señora GRACIELA MERÁN ZABALA, y su adendum de fecha 10 de
enero de 2008.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta, suscrito en fecha 16 de enero de 2002, entre el
Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el administrador general de
Bienes Nacionales, señor BIENVENIDO BRITO, de una parte; y de la otra parte; la señora
GRACIELA MERÁN ZABALA, por medio del cual el primero traspasa a la segunda, a
titulo de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de cincuenta y tres
punto cincuenta y siete metros cuadrados (53.57Mt2), dentro de la parcela No.110 -ref-
779C, del D. C. No.4, del D. N., valorada en la suma de RD$133,925.00 (ciento treinta y
tres mil novecientos veinticinco pesos dominicanos con 00/100), y su adendum de fecha 10
de enero de 2008, por medio del cual se corrigen la descripción de la parcela y los linderos;
que copiados a la letra dicen así:
CONTRATO PROVISIONAL DE VENTA DE TERRENOS
No.001681

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