Resolución Nº 124-02. Resolución que Aprueba el Addendum del 11 de Julio del Año 2002, Al Acuerdo de Credito del 18 de Septiembre del 2001, Suscrito Entre la Republica Dominicana y Caterpollar Financial Services Corporation, por Un Monto de Us$30,199,960.00. para Ser Destinado a la Obtencion de Equipos y Maquinarias para el Desarrollo de la Zona Fronteriza, Aprobado por la Res. No. 186-01. (reproduccion).

Fecha de publicación01 Enero 2002
Fecha de disposición23 Agosto 2002
Número de registro3337352
Número de resolución124-02
Número de Gaceta10166
-3-
FE DE ERRATA
(La presente Resolucion No. 124-02 del 23 de agosto del presente ano, que aprueba el
Addendum del
11
de julio del ano 2002, a1 Acuerdo de Crkdito del
18
de septiembre
del 2001, suscrito entre la Republica Dorninicana
y
Caterpillar Financial Services
Corporation, por un monto de US$30,199,690.00, para ser destinado a la obtencion de
equipos
y
maquinarias para el desarrollo de la zona fronteriza, aprobado por la Res.
No. 186-01, publicada en la Gaceta Oficial No. 10155, de fecha 24 de agosto del 2002,
se publica nuevamente por haberse deslizado un error involuntario en
su
anterior
publicacion).
Res. No. 124-02 que aprueba el Addendum del
11
de julio del ano 2002, a1 Acuerdo de
Crkdito del
18
de septiembre del 2001, suscrito entre la Republica Dorninicana
y
Caterpillar Financial Services Corporation, por un monto de US$30,199,690.00, para
ser destinado a la obtencion de equipos
y
maquinarias para el desarrollo de la zona
fronteriza, aprobado por la Res. No. 186-01. (REPRODUCCION).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 124-02
VISTOS
10s Incisos 14
y
19 del Articulo 37 de la Constitucion de la
Republica.
VISTOS
El Convenio de Financiamiento suscrito el 18 de septiembre del
2001, entre la Republica Dorninicana (El Prestatario)
y
CATERPILLAR FINANCIAL SERVICES CORPORATION, con la
garantia del EXPORT IMPORT BANK OF THE UNITED STATES
(EX-IM BANK) por un monto de Treinta Millones Ciento Noventa
y
Nueve Mil Seiscientos Noventa Dolares de 10s Estados Unidos de
America con 00/100 (US$30,199,690.00).
-4-
El Addendum del 11 de julio del 2002, a1 Acuerdo de Credito del 18
de septiembre del 2001, antes indicado, aprobado en el Congreso
Nacional el 16 de octubre del 2001 (Camara de Diputados) y el 31 de
octubre del 2001 (Senado de la Republica), promulgado mediante
Resolucion No. 186-01, del 22 de noviembre del 2001.
RESUELVE:
UNIC0.-
APROBAR
el Addendum del 11 de julio del 2002, a1 Acuerdo de
Credito del 18 de septiembre del 2001, suscrito entre la REPUBLICA DOMINICANA (El
Prestatario) y CATERPILLAR FINANCIAL SERVICES CORPORATION, con la garantia
del EXPORT IMPORT BANK OF THE UNITED STATES (EX-IM BANK), aprobado en
el Congreso Nacional el 16 de octubre del 2001 (Cimara de Diputados) y el 31 de octubre
del 2001 (Senado de la Republica) y promulgado mediante Resolucion No. 186-01, del 22
de noviembre del 2001, por un monto de Treinta Millones Ciento Noventa y Nueve Mil
Seiscientos Noventa Dolares de 10s Estados Unidos de America con 00/100
(US$30,199,690.00); 10s terminos financieros en esta enmienda son exactamente 10s
mismos que 10s contenidos en el contrato original supraindicado, except0 10s que se indican
a continuacion:
El monto total del prestamo en la enmienda es de Treinta Millones Ciento
Noventa y Nueve Mil Seiscientos Noventa Dolares de 10s Estados Unidos de America con
00/100 (US$30,199,690.00), siendo este el mismo monto establecido en el contrato
original. El monto a ser garantizado por el EX-IM BANK ha sido cambiado de
Veinticuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta y Un
Dolares de 10s Estados Unidos de America con 50/100 (US$24,445,651.50) a una suma que
es exactamente igual a1 85% del costo de 10s equipos que estan siendo financiados por un
monto de Veinticinco Millones Seiscientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Treinta y Seis
Dolares de 10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$25,669,736.00).
El 15% restante ha sido cambiado de Cinco Millones Setecientos Cincuenta
y Cuatro Mil Treinta y Ocho Dolares de 10s Estados Unidos de America con 50/100
(US$5,754,038.50) a Cuatro Millones Quinientos Veintinueve Mil Novecientos Cincuenta
y Cuatro Dolares de 10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$4,529,954.00) de
conformidad con el ajuste anterior.
Dicha enmienda estipula que la cuota de riesgo del EX-IM BANK ha sido
reducida de un 9.08% en el contrato original a un 7.17%, disminuyendo la misma de Dos
Millones Trescientos Treinta Mil Ochocientos Doce Dolares de 10s Estados Unidos de
America con 00/100 (US$2,330,812.00) a Un Millon Ochocientos Cuarenta Mil Quinientos
Veinte Dolares de 10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$1,840,520.00),
significando esto, un ahorro para el ESTADO DOMINICAN0 de Cuatrocientos Noventa
Mil Doscientos Noventa y Dos Dolares de 10s Estados Unidos de America con 00/100
-5-
(US$490,292.00). Esta cuota de riesgo no sera financiada, por lo que debera ser pagada en
efectivo
y
por adelantado por el ESTADO DOMINICANO.
Asimismo, esta previsto que la Cuota de Seguro Contra Riesgo Politico
debida en la porcion asegurada por EIC ha sido reducida de Doscientos Treinta Mil Ciento
Sesenta
y
Dos Dolares de 10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$230,162.00) a
Ciento Noventa
y
Ocho Mil Doscientos Dieciocho Dolares de 10s Estados Unidos de
America con 00/100 (US$198,218.00), significando esta reduccion un ahorro para el
ESTADO DOMINICANO de Treinta
y
Un Mil Novecientos Cuarenta
y
Cuatro Dolares de
10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$31,944.00). Esta cuota de seguro no sera
financiada, por lo que debera ser pagada en efectivo
y
por adelantado por el ESTADO
DOMINICANO.
Por ultimo, tambien permite el pago por adelantado (a) de un monto minimo
de Un Millon de Dolares de 10s Estados Unidos de America con 00/100
(US$l,OOO,OOO.OO), (b) en cualquier momento
y
(c) sin una prima
o
penalidad que copiado
a la letra dice asi:

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