Resolución Nº 149. Resolución que Establece Reglamentaciones para Proteger los Intereses del Ferrocarril Central Dominicano.

Fecha de disposición17 Abril 1918
Número de resolución149
Fecha de publicación01 Enero 1918
Número de registro3346520
Número de Gaceta2901
- ~-
_~
~
--
-_______
~
-
-
N:
-
im
estado en que se anotir;tn
'Y
rnmbrps
(!e
:os
iridi
I
-:i:ios
multados
Y
cantidad que les ha sido impuesta,
cuyo
estado
se
fijark
'fn
las
puertas de la
Alcaldia,
Ayuntamiento
y
Coman-
dancia de armas, para conocimiento del publico.
Art.
6".
Los
alcaldes pedaneos tendran derecho a cobrar en
su
provecho las ovenciones siguientes
:
Por
asistencia
a1
jusgo
de
gallos, cincuenta centavos;
y
por todos
10s
demas casos previstos en
el
artfcub
31
de la mis-
ma
ley
de policia, veinte
y
cinco centavos.
Art.
7O.
Siendo 10s alcaldes pedaneos
10s
liamados
a
hacer
ejecutar en
10s
campos la referida ley de policia, son personal-
mente responsables
de
su exacto cumplimiento,
y
se
les
impm-
dra una multa de cinco pesos fuertes eada vez que
la
infrinjan,
abusando
de
sus
facuiltades
o
diejando de cumplir sus mandatos.
Estas multas,
que
serhn aplicadas por
10s
Alcalldes
de
acuerdo
cog
10s
Gobernadores, en las cabezas de provincias,
y
Comandantes
de
armas,
en
las comunes, ingresaran a la caja
municipal, para
quie
Sean
invertidas en las importantes aten-
ciones
del Municipio.
Art.
80
La
ejecucion del presente decreto, que abroga toda
otra disposicion que
le
sea contraria, queda encomendada
a1
Sie-
cretario
deil
kterior
y
Policia.
Oado en Santo Domingo, Capital de la Rephblica,
a
10s
11
dias del mes de Setiembue de
1865,
220.
de la Independencia
Y
30.
de la Restauracion.-El 'Secretario del Interior
y
Policia,
Manuel Maria Castil1o.-El Secretario
de
Justicia
6
Instruc-
cion Phblica,
Jo&
G.
Garcia.-El Secretario de Haicienda
Y
Comercio, Juan Ramon Fial1o.-El Secrcrtario de Guerra y Ma-
rina, Pedro Valverde.
.
.
'b
NGm.
875.-(*)
DECRETO
de
10s
Encargados del
P.
E.
sobre
i
Dios,
Patria y Libertad.-Repfiblica
Dominicans.-El
Con-
slejo
de
Secretarios
de
Estado, encargado
dal
Poder Ejecutivo
poi-
dellegacion del ciudadano Protector de la Rep6blica; oido
el
pariecer del Consejo
de
Estado, ha dado
el
presente decreto
sobre
la
conservacion de hipotecas.
conservacion
de
hipotecas.
cLlf

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR