Resolución nº 17/2015 del Consejo del Poder Judicial, 03-08-2015

Fecha de la decisión03 Agosto 2015
Número de resolución17/2015
EmisorConsejo del Poder Judicial
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
______________________________________________________________________________________________________________
Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@suprema.gov.do
1
Edgar Torres Reynoso, Secretario General del Consejo del Poder Judicial, de
acuerdo a lo establecido en el numeral 8) del artículo 31 de la Ley 28-11, Orgánica
del Consejo del Poder Judicial, Certifico que en los archivos a mi cargo existe una
resolución de fecha tres (03) de agosto de dos mil quince (2015), que dice así:
Resolución No. 17/2015, que establece la obligatoriedad de la fuerza pública para
la ejecución de las sentencias que ordenen embargos, desalojos, expulsiones de
lugares y otros actos análogos.
Dios, Patria y Libertad
República Dominicana
En Nombre de la República, el Consejo del Poder Judicial,
regularmente constituido por los Consejeros: Mariano Germán Mejía,
Presidente; Dulce María Rodríguez de Goris, Samuel Arias Arzeno,
Francisco Arias Valera y Elías Santini Perera; asistido del Secretario
General, en la Sala de Audiencias, sita en la sexta planta del edificio
que aloja a la Suprema Corte de Justicia y al Consejo del Poder Judicial;
en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital
de la República, hoy tres (3) de agosto de 2015, años 172° de la
Independencia y 152° de la Restauración, dicta la siguiente resolución:

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