Resolución Nº 1822. Resolucion del Delegado del G.P. Estancando el Papel Sellado Viejo de los Tipos 1, 2, 3 y 4.

Número de registro3345990
Fecha de disposición23 Diciembre 1879
Número de resolución1822
Fecha de publicación01 Enero 1879
573
~
-~
COLECCIOR'
DE LEYES,
DECRETOS
&.--11.54.
~
__
~ ~
HE VENIDO
EN
DECRETAR
P
DECRETO:
Art.
1".
El Sefior Domingo
'de
la
Rocha yueda nombrado Mi-
nistro del Interior, Policia
y
Agricultura, en reemplazo del
Sefior
Francisco Moreno.
Art.
2".
El
Seiior Juan
N.
Tejera
es
nombrado Ministro
de
Justicia
6
Instruccion
Pilblica,
en reemplazo del general
de
divi-
sion
P.
E.
Pelletier.
Art.
39.
El generail de division Manuel de Regla Mota queda
nombrado Ministro
de
Guerra, Marina
y
Obras Publicas, en
reemplazo
del
general de division Abad Alfau.
Art.
40.
Queda encomendada
la
Carhera de Relaciones Ex-
teriores a1 Ministro de
lo
Interior
y
Policia.
Dado en
el
Palacio Nacional de Santo Domingo el
4
de Mayo
de
1854,
y
ll~.
de la Patria.-Santana.
Xum. 341.-REGLAMENTO interior
de
la Camara
de
Repre-
presentantes.
TITULO
PRIMER0.-Disposiciones preiiminarees.
Art.
10.
Llegado el
10.
de Febrero, dia fijado por
la
Cone-
titileion para
la
reunion de
la
Camara, en
10s
casos de sesion or-
dinaria
6
convocacion extraordinaria,
el
quorum
para toda deli-
beracion
se
compondrg de trece miembros legalmente elegidos
y
juramentados.
Art.
20.
En
10s
periodos de renovacion
de
la Camara de
Re-
presentantes, en que cesan las funciones de la mitad de su nume-
ro,
el
quo?-unz
para
la
verificacion
de
poderes
y
admision de
10s
nuevos
electos,
sera de nueve miembros debidamente elegidos
y
j
uramentados.
Art.
30.
Las funciones de
10s
Representantes que han de sa-
lir de la CQmara, por el sorteo Constitucional, cesan solamente
con
la
elmeion
de
10s
nuevos miembros por
10s
Colegios Electo-
rales.
Art.
4n.
Los
suplentes IJenarlin 1as vacantes de
Ta
CBmara
de
Representantes inldistintamente
y
sin especialidad, en
el
6rden
en
que fueron e1ectas por
sus
respectivas Provineias,
es
decir,
el
primer individuo electo sera primer suplente,
y
asi
sucesivamen-
te
10s
atros,
sin
relxion a1 ndmero de
sufragios
que ha benido
ca-
da
uno
de
ellos en
la
votacion.
I
TITULO
SEGUND0.-Junta
preparatoria.
Art.
50.
Reunido
el
yuwum
en
el
local destinado a1 efecto,
tornara la Presidencia
el
mayor
de
dad,
y
10s
dos
mas j6venes
actuaran de Secretarios: se procederb despues
a
la eleccion de
Presidente, Vice-Presidlente
y
Secretario
d
la Camara, en
con-
formidad
5.
la Constitucion,
y
despues de
electos
seran instalia-
dos
en
sus
respectivas funciones,
pritvio
juramento Constitu-
cional.
Art.
60.
El
Presidente dleclararb enthces, poni6ndose
en
pi6
y
de la manera mas sollemne, que la Cbmara de Representan-
tes queda instalada desde
ese
dia, en conformidad
a
la Constitu-
cion
;
y
que descle
esa
fecha
empieza
sus
sesiones
la
Legislatura.
En
seguida
lo
avisarh al Poder Ejecutivo
y
a1
Senado por medio
de
un
mer,saje,
para
10s
fines que expresa
la
Constitueion.
TIT
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e
1
os
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nci onari
o
s
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e
1
Presidente
y
Vice-Presid,ente.
Art.
7).
El miembro en quien recaiga la eleccion para
el
primer puesto, prksidira
la
Camara durante un mes;
sera
su
de-
ber
:
abrir
y
cerrar
csda
sesion,
convmar
las
extraordinarias, fir-
mar todas las actas
y
documentos, fijar
el
hden
del
dia, arre-
glar
y
hacer activar
todos
10s
trabajos, segun
su
importancia,
re-
querir a
lois
Representantes
para
que concurran, hacer que
se
guarde
ed
regimen establecido en
10s
debates, nombrar
las
diver-
sas
comisiones, firmar las comunicaciones emanadas
de
la
Cama-
ra
y
hacer observar
el
reglamento interior de
la
Corporacion.
Art.
8".
El
Presidente abrira la sesion luego que
se
encuen-
tre presente el competente nfimero de Repreaentantes, haciendo
leer
el
acta de la sesion anterior, para somleterla
A
la sancian
de
la
Cimara.
El
nfimero competente de Represientantes para
las
sesiones serii el
de
la mayoria, segun
el
&den establecido en
este
Reglamento,
y
lo
que prescribe sobre la materia
la
Constitucion.
Art.
99.
En seguitda prevendrii a1 Secretario que
de
cuenta
die las eamunicaciones
y
representaciones que
sle
hayan recibido,
y
si
su
contenido no diere lugar
a
ninguna proposicion,
10s
man-
dar& dejar
sobre la
mesa, 6 pasar
a
las respectivas cornision-;
luego
se leeran
10s
informes que &as hayan presentado;
y
Gki-
mamlente
10s
negocios que
esk6n
a1 6rden del dia.
Art.
10.
El
PFesidente
sera
el
filtimo
que
darh
su
voto,
ex-
presandolo por
la
afirmativa
6
por
la negativa;
y
euando
quiera

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