Resolución Nº 200-19. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Estado Dominicano y el Señor Humberto Concepción Mejía, sobre la Venta por Parte del Primero Al Segundo, de una Porción de Terreno de 200.00MTS², Dentro de la Parcela No. 52 (parte), del D.C. No. 31, Sector Sávica, los Alcarrizos, D.N.

Fecha de disposición04 Julio 2019
Número de resolución200-19
Fecha de publicación05 Julio 2019
Número de registro3393869
Número de Gaceta10946
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
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Res. No. 200-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor
Humberto Concepción Mejía, sobre la venta por parte del primero al segundo, de una
porción de terreno de 200.00Mts², dentro de la parcela No. 52 (parte), del D.C. No. 31,
sector Sávica, Los Alcarrizos, D.N. G. O. No. 10946 del 5 de julio de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 200-19
VISTO: El contrato de venta entre el Estado dominicano y el señor Humberto Concepción
Mejía, suscrito en fecha 8 de febrero de 2007.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 8 de febrero del año 2007,
entre el Estado dominicano y el señor Humberto Concepción Mejía, por medio del cual el
primero traspasa al segundo, una porción de terreno con una extensión superficial de
doscientos metros cuadrados (200.00Mts²) dentro del ámbito de la parcela No. 52 (parte),
del Distrito Catastral, No. 31, del Distrito Nacional, ubicada en el sector Savica, Los
Alcarrizos, valorada en la suma de RD$40,000.00 (cuarenta mil pesos dominicanos con
00/100), que copiado a la letra dice así:
CONTRATO CONDICIONAL DE VENTA DE TERRENOS
CONTRATO No. 3399
ENTRE: De una parte el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el
titular de la Administración General de Bienes Nacionales , institución del Estado
dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No. 1832, de fecha 3 de
noviembre del año 1948, Dr. José Francisco Zapata Pichardo, dominicano, mayor de edad,
casado, funcionario público, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-
0009433-3, domiciliado en la calle Pedro Henríquez Ureña, esquina Pedro A. Lluberes, de
esta ciudad, quien en lo que sigue del presente contrato se denominará EL VENDEDOR o
por su propio nombre, y de la otra parte, el señor Humbert o Concepción Mejía,
dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No. 023-0039228-5, domiciliado y residente en la calle Salvador Reyes, casa
No. 95, del sector Japón, del municipio San Pedro de Macorís, y accidentalmente en esta
ciudad, quien en lo adelante del siguiente acto se designará como EL COMPRADOR, o por
su propio nombre.

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