Resolución Nº 2012-095 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2012

Año2012
Número de resolución2012-095
REPÚBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año del Fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho"
RESOLUCIÓN No.:
95
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Decreto 264, de fecha veintidós (22) del mes de
mayo de dos mil siete (2007), corresponde al Ministerio de Industria y Comercio
implementar, dentro de la esfera de sus atribuciones, la política nacional de gas natural,
así como regular y fiscalizar todo el proceso de conversión de vehículos al uso de Gas
Natural Vehicular (GNV);
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5, de la Resolución 121, de fecha dieciséis (16) del
mes de agosto de dos mil siete (2007), de este Ministerio, Reglamento de Gas Natural
Vehicular, dispone que toda persona natural o jurídica interesada en participar en el
mercado de gas natural, para consumo propio o para comercialización, debe obtener
previamente una licencia de este Ministerio;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 61, de la Resolución
01, de fecha tres (3) del mes de enero de dos mil ocho (2008), de este Ministerio, es
facultad del Ministerio de Industria y Comercio otorgar las licencias relacionadas con el
mercado de gas natural;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 36, de la Resolución 01, de fecha tres (3) del mes de
enero de dos mil ocho (2008), de este Ministerio, dispone el procedimiento para el
otorgamiento de la Licencia de Detallista (Expendio de GNV), indicando que el
otorgamiento de la licencia consta de dos etapas: 1) Permiso de Inicio de Construcción; y
2) Licencia de Operación;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 26, de fecha tres (3) del mes de marzo de dos mil
nueve (2009), de este Ministerio, dispone las formalidades a cumplir en adición a los
requisitos técnicos señalados en el Artículo 35, de la Resolución 01, de fecha tres (3) del
mes de enero de dos mil ocho (2008), de este Ministerio, para la instalación o conversión
de Estaciones de Expendio de GNV;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 33, de fecha veintiocho (28) del mes de marzo de
dos mil ocho (2008), de este Ministerio, que establece los cargos por servicios de las
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2012 / ESTACIÓN DE SERVICIO DOÑA CATALINA CABRAL, S.R.L., / PERMISO DE CONSTRUCCION DE LAS
FACILIDADES DE CONVERSIÓN DE ESTACIÓN DE COMBUSTIBLES A ESTACIÓN DE EXPENDIO GNV CATEGORIA II
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*Teléfono: (809) 685-5171 *Fax: (809) 221-5891 *Pág. Web: www.mic.gob.do

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