Resolución Nº 2012-170 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2012

Año2012
Número de resolución2012-170
REPUBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año del Fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho"
RESOLUCIÓN Nce
171
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Industria y Comercio tiene a su cargo
reglamentar todo lo concerniente al otorgamiento de licencias para la importación,
distribución, comercialización y transporte de los productos derivados del petróleo, a
cuyos efectos debe establecer reglas y procedimientos que garanticen la aplicación de las
normas en el abastecimiento de estos productos a la población.
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Ministerio de Industria y Comercio, establecer
un registro de las sociedades autorizadas a incursionar en el negocio de los combustibles
de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6, del Decreto 307, de fecha dos (2) de
marzo de dos mil uno (2001), que reglamenta la aplicación a la Ley No. 112, de fecha
veintinueve (29) de noviembre de dos mil (2000), de Hidrocarburos.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 323 de la Ley 11
de
fecha dieciséis (16) de mayo de
mil novecientos noventa y dos (1992), Código Tributario, y sus modificaciones, se
entiende por reorganización: a) La fusión de empresas, preexistentes a través de una
tercera que se forme o por absorción de una de ellas; b) La escisión o división de una
empresa en otras que continúen en conjunto las operaciones de la primera; y c) Las
ventas y transferencias de una entidad a otra que, a pesar de ser jurídicamente
independiente, constituyan un conjunto económico.
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación de fecha seis (6) de julio de dos mil once
(2011),
ESSO STANDARD OIL, S.A., UMITED
solicitó al Ministerio de Industria y
Comercio su no objeción al cambio de titularidad de las licencias y permisos relacionados
con las actividades del sector de hidrocarburos que actualmente ostenta dicha sociedad
en beneficio de
ESSO REPUBLICA DOMINICANA, S.R.L.,
provista del
RNC: 1-30-
78576-7,
Sociedad en Responsabilidad Limitada constituida y existente de conformidad
con las leyes de la República Dominicana, con domicilio social establecido en la Avenida
Abraham Lincoin No. 1019, Edificio Federico Pagés Moré, de la ciudad de Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, teléfono 809-565-6611,
y el otorgamiento de plazos a fines de cumplimiento de los requisitos y entrega de la
documentación requerida para el cambio de titularidad de cada tipo de licencias.
1
2012. / ESSO REPÚBLICA DOMINICANA, S.R.L. / LICENCIAS DE TRANSPORTE DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL
PETROLEO POR UNIDADES MÓVILES DESDE TERMINALES DE ALMACENAMIENTO O IMPORTACIÓN
Av. México, esquina Av. Leopoldo Navarro, Edif. Oficinas Gubernameildles 'Juan Pablo Duarte; Piso 7, Santo Domingo, D.N.
*Teléfono: (809) 685-5171 *686-1973*Pág. Web: www.mic.gob.do

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