Resolución Nº 2012-172 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2012

Año2012
Número de resolución2012-172
REPUBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año del Fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho"
RESOLUCIÓN No..
0-
72
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Industria y Comercio tiene a su cargo
reglamentar todo lo concerniente al otorgamiento de licencias para la importación,
distribución, comercialización y transporte de los productos derivados del petróleo, a
cuyos efectos debe establecer reglas y procedimientos que garanticen la aplicación de
las normas en el abastecimiento de estos productos a la población.
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Ministerio de Industria y Comercio,
establecer un registro de las sociedades autorizadas a incursionar en el negocio de los
combustibles, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6, del Decreto 307, de
fecha 2 de marzo de 2001, Reglamento de Aplicación de la Ley de Hidrocarburos No.
112, de fecha 29 de noviembre de 2000.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Artículo 323 de la Ley 11 de fecha 16 de
mayo de 1992, Código Tributario de la República Dominicana, y sus modificaciones, se
entiende por Reorganización: a) La fusión de empresas, preexistentes a través de una
tercera que se forme o por absorción de una de ellas; b) La escisión o división de una
empresa
en
otras que continúen en conjunto las operaciones de la primera; y c) Las
ventas y transferencias de una entidad a otra que, a pesar de ser jurídicamente
independiente, constituyan un conjunto económico.
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación de fecha seis (6)
de
julio de dos mil
once (2011),
ESSO STANDARD OIL, S.A., LIMITED
solicitó al Ministerio de
Industria y Comercio su no objeción al cambio de titularidad de las licencias y
permisos relacionados con las actividades del sector de hidrocarburos que actualmente
ostenta dicha empresa en beneficio de
ESSO REPUBLICA DOMINICANA, S.R.L.,
provista del
RNC: 1-30-78576-7,
Sociedad en Responsabilidad Limitada constituida
y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con domicilio
social establecido en la Avenida Abraham Lincoln No. 1019, Edificio Federico Pagés
Moré, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, teléfono 809-565-6611, y el otorgamiento de plazos a fines de
cumplimiento de los requisitos y entrega de la documentación requerida para el
cambio de titularidad de cada tipo de licencias.
1
2012. ESSO REPUBIICA DOMINICANA, S.R.L / LICENCIA IMPORTADOR COMBUSTIBLES (GASOLINA, GASOIL,
FUEL
OIL y
AVTUR) SIN TERMINAL DE ALMACENAMIENTO PROPIA
Av. México, esquina Av. Leopoldo Navarro, Edif. Oficinas Gubernamentales "Juan Pablo Duarte", Piso 7, Santo Domingo, D.N.
*Teléfono: (809) 685-5171 *686-1973*Pág. Web: www.mic.gob.do

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