Resolución Nº 2012-274 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2012

Año2012
Número de resolución2012-274
REPUBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año del Fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho"
RESOLUCIÓN No.:
274
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No. 265-12, de fecha 22 de mayo de 2012,
el Honorable Señor Presidente de la República Dominicana, Doctor Leonel Fernández
Reyna, estableció un Mecanismo de Compensación de una suma equivalente a los
impuestos al consumo de gas natural establecidos en la Ley sobre Reforma Tributaria
No.557-05, de fecha 13 de diciembre de 2005, modificada por la Ley sobre Rectificación
Tributaria No.495-06, de fecha 28 de diciembre de 2006, pagados por los sectores de
actividad industrial, transporte de pasajeros y carga, y de generación eléctrica, que
utilizan ese combustible;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1, del Decreto No. 265-12, de fecha 22 de mayo de
2012, establece que el monto de la compensación dispuesta por el mismo se limitará a
los impuestos correspondientes a un consumo mensual de Catorce Millones de Metros
Cúbicos de gas Natural (14,000,000 m3), durante un período de tres (3) meses;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2, Decreto No. 265-12, de fecha 22 de mayo de
2012, dispone que para beneficiarse del monto de la compensación prevista en el mismo,
y poder tramitar la misma ante el Ministerio de Hacienda, los industriales, transportistas
y generadores de energía eléctrica deberán estar previamente registrados o clasificados
como empresas generadoras de energía eléctrica, según sea el caso, por ante el
Ministerio de Industria y Comercio;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 243 de fecha 4 de septiembre de 2012,
del Ministerio de Industria y Comercio se prorrogó por un período de 4 meses
adicionales, contados desde el mes de septiembre hasta el mes de diciembre de 2012, el
Mecanismo de Compensación de una suma equivalente a los impuestos al consumo de
gas natural establecidos en la Ley sobre Reforma Tributaria No.557-05, de fecha 13 de
diciembre de 2005, modificada por la Ley sobre Rectificación Tributaria No.495-06, de
fecha 28 de diciembre de 2006, pagados por los sectores de actividad industrial,
transporte de pasajeros y carga, y de generación eléctrica, que utilizan ese combustible,
dispuesto por el Decreto No. 265-12, de fecha 22 de mayo de 2012;
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2012 / TROPIGAS DOMINICANA, S.A. / ASIGNACIÓN COMPENSACION AD-VALOREM AL GAS NATURAL DECRETO 265-12 /
RESOLUCION 243-12 DEL MIC.
Av. México, esquina Av. Leopoldo Navarro, Edif. Oficinas Gubernamentales "luan Pablo Duarte", Piso 7, Santo Domingo, D.N.
*Teléfono: (809) 685-5171 •686-1973*Pág. Web: www.mic.gob.do

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