Resolución Nº 2013-321 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2013

Año2013
Número de resolución2013-321
REPÚBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año del Bicentenario del Natalicio de Juan Pablo Duarte"
RESOLUCIÓN No.:
N
2
32 1
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Decreto 264, de fecha veintidós (22) del mes de
mayo de dos mil siete (2007), corresponde al Ministerio de Industria y Comercio (MIC)
implementar, dentro de la esfera de sus atribuciones, la política nacional de gas natural,
así como regular y fiscalizar todo el proceso de conversión de vehículos al uso de Gas
Natural Vehicular (GNV);
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5, de la Resolución 121, de fecha dieciséis (16) del
mes de agosto de dos mil siete (2007), de este Ministerio, Reglamento de Gas Natural
Vehicular, dispone que toda persona natural o jurídica interesada en participar en el
mercado de gas natural, para consumo propio o para comercialización, debe obtener
previamente una licencia de este Ministerio;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 61, de la Resolución
01, de fecha tres (3) del mes de enero de dos mil ocho (2008), de este Ministerio, es
facultad del MIC otorgar las licencias relacionadas con el mercado de gas natural;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 36, de la Resolución 01, de fecha tres (3) del mes de
enero de dos mil ocho (2008), de este Ministerio, dispone el procedimiento para el
otorgamiento de la Licencia de Detallista (Expendio de GNV), indicando que el
otorgamiento de la licencia consta de dos etapas: 1) Permiso de Inicio de Construcción; y
2) Licencia de Operación;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 26, de fecha tres (3) del mes de marzo de dos mil
nueve (2009), de este Ministerio, dispone las formalidades a cumplir en adición a los
requisitos técnicos señalados en el Artículo 35, de la Resolución 01, de fecha tres (3) del
mes de enero de dos mil ocho (2008), de este Ministerio, para la instalación o conversión
de Estaciones de Expendio de GNV;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 33, de fecha veintiocho (28) del mes de marzo de
dos mil ocho (2008), de este Ministerio, sobre tasas por servicios relacionadas con
actividades de Gas natural, no contempla tasa por servicio por concepto de Permiso de
Inicio de Construcción de Conversión a GNV;
1
2013/REINALDO DE JESUS RINCON KHOURY/PERMISO
DE
INICIO DE CONSTRUCCIÓN DE FACILIDADES PARA
ESTACIÓN DE EXPENDIO DE GAS NATURAL (GNV) CATEGORÍA 1).
Av. México, esquina Av. Leopoldo Navarro, Edificio Oficinas Gubernamentales "Juan Pablo Duarte°, Piso 7, Santo Domingo, D. N.
*Teléfono: (809) 685-5171 "Fax: (809) 221-5891 "Pág. Web: www.mic.gob.do

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR