Resolución Nº 2015-069 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2015

Año2015
Número de resolución2015-069
REPÚBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año de la Atención Integral a la Primera Infancia"
RESOLUCIÓN No.
£69
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Ministerio de Industria y Comercio, establecer
un registro de las empresas autorizadas a incursionar en el negocio de los combustibles, y
otorgar mediante Resolución las Licencias para efectuar actividades en el mercado del
petróleo y sus derivados, previo análisis y evaluación de las condiciones de la empresa
solicitante, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 6 y 6.1 del Decreto 307, de
fecha dos
(2)
de marzo de dos mil uno (2001), que reglamenta la aplicación a la Ley 112
de fecha veintinueve (29) de noviembre de dos mil (2000), Ley de Hidrocarburos, con el
objeto de asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad, ambientales y de calidad
de los combustibles que se comercializan en el país;
CONSIDERANDO:
Que los Artículos 16 y siguientes del Decreto 307 de fecha dos (2) de
marzo de dos mil uno (2001), que reglamenta la aplicación a la Ley 112 de fecha
veintinueve (29) de noviembre de dos mil (2000), Ley de Hidrocarburos, dispone los
requisitos exigidos para el otorgamiento de las Licencias de Transporte de Combustibles
desde Terminales por Unidad Móvil;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 332, de fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil
once (2011), de este Ministerio, establece los cargos por servicios relacionados con
actividades de Transporte de Combustibles desde Terminales por Unidad Móvil;
VISTA:
La Ley 290, de fecha treinta (30) de junio de mil novecientos sesenta y seis
(1966), Ley Orgánica del Ministerio de Industria y Comercio;
VISTA:
La Ley 112, de fecha veintinueve (29) de noviembre de dos mil (2000), Ley de
Hidrocarburos y su Reglamento de Aplicación dado mediante Decreto 307, de fecha dos
(2) de marzo de dos mil uno (2001), que reglamenta la aplicación de la Ley 112-00307,
de fecha dos (2) de marzo de dos mil uno (2001);
VISTA:
La Ley Orgánica de la Administración Pública No. 247, de fecha nueve (9) de
agosto de dos mil doce (2012);
VISTA:
La Resolución 332 de fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011),
que fija los precios de los cargos por servicios que ofrece el Ministerio de Industria y
Comercio;
1
2015 / COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES LOS ARROCEROS, INC. / LICENCIA DE TRANSPORTE DE
DERIVADOS DE PETRÓLEO (GASOIL), PARA CONSUMO PROPIO, SIN ALMACENAMIENTO
Av. México, esquina Av. Leopoldo Navarro, Edif. Oficinas Gubernamentales "Juan Pablo Duarte", Piso 7, Santo Domingo, D.N.
*Teléfono: (809) 685-5171 *686-1973*Pág. Web: www.mic.gob.do

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR