Resolución Nº 2015-362 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2015

Año2015
Número de resolución2015-362
REPUBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año de la Atención Integral de la Primera Infancia"
RESOLUCIÓN NO.
11362
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDEFtANDO:
Que es deber del gobierno dominicano tomar todo tipo de
iniciativas, en interés de asegurar el abastecimiento de combustibles a precios
razonables en las actividades de transporte de pasajeros y carga, a fin de no encarecer
las tarifas de los mismos;
CONSIDERANDO:
Que en ocasión del aumento sustancial registrado en los precios de
los derivados del petróleo en el mercado internacional que excede las posibilidades de
estabilidad de precios asumidas por el gobierno dominicano, y que ha sido necesario
adaptar esta circunstancia externa de una forma razonable y justa a la realidad
nacional, por lo que se estableció mediante el Decreto No. 183-11, del veinticuatro (24)
de marzo de dos mil once (2011), y sus sucesivas modificaciones, extensiones y
prórrogas, un mecanismo de compensación de los impuestos al consumo de gasoil
regular pagados por los afiliados de los gremios de transporte urbano, interurbano y
turístico de pasajeros y carga, que utilizan ese combustible;
CONSIDEFtANDO:
Que el mecanismo de compensación de los impuestos al consumo
de gasoil regular, pagados por los afiliados de los gremios de transporte urbano,
interurbano y turístico de pasajeros y carga, que utilizan ese combustible, ha permitido
mantener estabilizada la tarifa en esas actividades;
CONSIDEFtANDO:
Que los altos precios de los derivados del petróleo en el mercado
internacional se han mantenido de manera sostenida, por lo que el gobierno
dominicano dispuso extensiones sucesivas al referido mecanismo de compensación, a
fin de evitar que la tarifa de transporte de pasajeros y carga sea incrementada, lo cual
afectaría directamente a los sectores de menores ingresos de la población;
CONSIDERANDO:
Que un servicio eficiente de transporte de pasajeros y carga,
mejora directamente la competitividad de los sectores productivos en el mercado local e
internacional;
CONSIDEFtANDO:
El tradicional incremento de consumo de combustibles durante el
mes de diciembre de cada año.
2015/COMPENSACION GASOIL TRANSPORTISTAS (ADICIONAL DICIEMBRE 2015)
Av. México, esquina Av. Leopoldo Navarro, Edif. Oficinas Gubernamentales "Juan Pablo Duarte", Piso 7, Santo Domingo, D.N.
*Teléfono: (809) 685-5171 *686-1973*Página Web: www.mic.nob.do

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