Resolución Nº 2018-268 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2018

Año2018
Número de resolución2018-268
REPU
I
mNICANA
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
Santo Domingo, Distrito Nacional
"Afio del Fomento de las Exportaciones"
RESOLUCION
No
.
2
6
B-2
0
1
8
CONSIDERANDO: Que de acuerdo
a
las disposiciones del articulo
1
de la Ley
No
.
37-17
de fecha tres (3) de Febrero de Dos
Mil
Diecisiete (2017), el Ministerio de Industria,
Comercio y Mipymes (MICM) es el organa rector y encargado de
la
formulacion, adopcion,
seguimiento, evaluacion y control de las pollticas relativas
a
la
cornercializacion, control
y
abastecimiento del mercado del petroleo y demas combustibles;
CONSIDERANDO: Que
la
precitada Ley No. 37-17, en su articulo
2,
Parrafo
I
I,
enumera
taxativamente las actividades que componen
el
proceso de comercializacicn de derivados
del petroteo
y
dernas combustibles
,
inctuyendose dentro de las mismas,
la
construccion
y
operacion de terminales de tmportaclon, depositos y almacenamiento; refinacion,
purificacion, mezcla, procesamiento y transformaclon: envase, transporte, distribucion,
venta al por mayor y
al
detalle; construccion
y
operacion de estaciones de expendio de
combustibles; control y abastecimiento; y fijacion de rnarqenes y precios;
CONSIDERANDO: Que en virtud del Decreto
No
.
264-07
,
se declara de interes nacional el
uso del gas natural, promoviendo su utilizacion masiva
y
encargando
al
Ministerio de
Industria
,
Comercio y Mipymes
a
impulsar el consumo
y la
distnbucion de Gas Natural en
estaciones vehiculares existentes, asl como de promover el establecimiento de nuevas
estaciones de carga de GNV y el programa de conversion de vehiculos;
CONSIDERANDO
:
Que dentro de su esfera de atribuciones, corresponde
al
Ministerio de
Industria, Comercio y Mipymes implementar
la
polltica nacional del Gas Natural (GN) con
enfasis en la garantia de suministro de este combustible en todo el territorio nacional y en
la
proteccion de los intereses de los consumidores en cuanto
a
niveles de precios
y
calldad;
CONSIDERANDO: Que en virtud del Contrato de Operacion de Terminal para la
lrnportacion, Almacenaje
y
Distribucion de Gas Natural Licuado (GNLlGas Metano) de
fecha 4 de agosto del afio 2000, firmado entre
el
Ministerio de Industria, Comercio y
Mipymes y la empresa AES-Andres, una vez
la
terminal estuviere lista para embarcar,
almacenar y distribuir GNLlGas Metano al publico
consumidor
,
el
Ministerio de
I
ndustria y
Comercio y Mipymes adoptaria las resoluciones administrativas apropiadas para de esta
manera regular el mercado interne de este producto en forma consistente con
10
estipulado en dicho contrato;
CONSIDERANDO: Que mediante el articulo 33 de
la
Resolucion 121-07, dictada por el
Ministerio de Industria y Comercio en fecha diectseis (16) de agosto de 2007, se dispone
que esta instituclon establecera mediante resolucion el
reg
i
men de precios aplicable al
consumidor de Gas Natural Vehicular (GNV), consignando adem as que dicho regimen
debera incluir como minimo
10
siguiente
:
(i)
los precios de compra del Gas Natural
a
Paridad de lmportacion; (ii) Margen de proceso de Com presion; (iii) Margen de
Distribucion y Transporte; (iv) Los impuestos
a
los combustibles que
Ie
sean aplicables; (v)
Margen para repago de estaciones de GNV; (vi) Margen para el Desarrollo del GNV,
Av. Mexico
,
Esq
.
Leopoldo Navarro, Edificio Oficinas Gubernamentales "Juan Pablo
Duarte
",
7mo
.
Piso
Telefono (809) 685-5171
-
Fax (809) 1973

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR