Resolución Nº 227-16. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Ingenio Ozama y la Señora Pilar Tapia Merán, por Medio del Cual el Primero Traspasa a la Segunda, una Porción de Terreno de 224.98 Mts²., Dentro de la Parcela No. 3-A (pte), D.C. No. 9, Manzana No. 9, Solar No. 1, Sección San Luis, Lugar Urbanización Caña Linda, D.N.

Fecha de disposición28 Abril 2016
Número de resolución227-16
Fecha de publicación06 Mayo 2016
Número de registro3378198
Número de Gaceta10839
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
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_________________________________________________________________________
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016);
años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 227-16 que aprueba el contrato entre el Ingenio Ozama y la señora Pilar
Tapia Merán, por medio del cual el primero traspasa a la segunda, una porción de
terreno de 224.98 Mts²., dentro de la parcela No. 3-A (pte), D.C. No. 9, manzana No. 9,
solar No. 1, sección San Luis, lugar Urbanización Caña Linda, D.N. G. O. No. 10839
del 6 de mayo de 2016.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 227-16
VISTO: El Inciso 19 del Art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de compra venta de terrenos suscrito en fecha 8 de noviembre del año
2002, entre el Ingenio Ozama y la señora Pilar Tapia Merán.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de compra venta de terrenos suscrito en fecha 8 de
noviembre del año 2002, entre el Ingenio Ozama, representado por su Director Ejecutivo,
Ing. Víctor Manuel Báez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0166750-
9, de una parte, y de la otra parte, la señora Pilar Tapia Merán, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No. 001-0078500-5, por medio del cual el primero traspasa a la
segunda, a titulo de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de
doscientos veinticuatro punto noventa y ocho (224.98) metros cuadrados, ubicada dentro
del ámbito de la parcela No. 3-A (pte.), D.C. No. 9, del Distrito Nacional, sección San Luis,
lugar Urbanización Caña Linda, manzana No. 9, solar No. 1, valorada en la suma de treinta
y cinco mil novecientos noventa y seis pesos oro dominicanos con 8000 (RD$35,996.80),
que copiado a la letra dice así:

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