Resolución Nº 233-20. Resolución que Aprueba la Enmienda Al Protocolo de Montreal, Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, Suscrito el 15 de Octubre de 2016.

Fecha de publicación30 Octubre 2020
Número de registro3397489
Número de resolución233-20
Fecha de disposición26 Octubre 2020
Número de Gaceta10994
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
-57-
_________________________________________________________________________
Res. No. 233-20 que aprueba la Enmienda al Protocolo de Montreal, relativo a las
Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, suscrito el 15 de octubre de 2016. G. O. No.
10994 del 30 de octubre de 2020.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 233-20
VISTA: La Enmienda al Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa
de Ozono, adoptada en Kigali Ruanda, el 15 de octubre de 2016.
VISTA: La sentencia Núm. TC/0899/18, de fecha 10 de diciembre de 2018, del Tribunal
Constitucional relativa al control preventivo de constitucionalidad.
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR La Enmienda al Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que
Agotan la Capa de Ozono, adoptada en Kigali Ruanda, el 15 de octubre de 2016, cuyo objeto
es eliminar la producción y el consumo de HFC, que con frecuencia se utilizan como
sustitutos de las sustancias que agotan el Ozono (SAO), con lo cual se podría evitar un
aumento de 0.5ºC de la temperatura del planeta, que copiada a la letra dice así:
-58-
_________________________________________________________________________
Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de
Ozono
Artículo I: Enmienda
Artículo 1, párrafo 4
En el párrafo 4 del artículo 1 del Protocolo, sustituyase:
“el anexo C o el anexo E”
por:
“el anexo C, el anexo E o el anexo F”
Artículo 2, párrafo 5
En el párrafo 5 del artículo 2 del Protocolo, sustitúyase:
“y en el artículo 2H”
por:
“y en los artículos 2H y 2J”
Artículo 2, párrafos 8 a), 9 a) y 11
En los párrafos 8 a) y 11 del artículo 2 del Protocolo, sustitúyase:
“los artículos 2A a 2I”
por:
“los artículos 2A a 2J”
Al final del apartado a) del párrafo 8 del artículo 2 del Protocolo, añádase lo siguiente:
“Todo acuerdo de esa naturaleza podrá ampliarse para que incluya las obligaciones
relativas al consumo o la producción dimanantes del artículo 2J, siempre que la suma
total de los niveles calculados de consumo o producción de las Partes no supere los
niveles establecidos en el artículo 2J.”
En el apartado a) i) del párrafo 9 del artículo 2 del Protocolo, después de:
“esos ajustes;”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR