Resolución Nº 235-20. Resolución que Autoriza Al Poder Ejecutivo a Prorrogar el Estado de Emergencia por Un Período de Cuarenticinco (45) Días, a Partir del 2 de Diciembre de 2020, para Enfrentar la Propagación del Covid-19.

Fecha de publicación01 Diciembre 2020
Número de resolución235-20
Número de registro3397497
Fecha de disposición27 Noviembre 2020
Número de Gaceta10998
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
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Res. No. 235-20 que autoriza al Poder Ejecutivo a prorrogar el estado de emergencia
por un período de cuarenticinco (45) días, a partir del 2 de diciembre de 2020, para
enfrentar la propagación del Covid-19. G. O. No. 10998 del 1 de diciembre de 2020.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 235-20
Considerando primero: Que mediante el oficio No.020425, del 20 de noviembre de 2020,
el presidente de la República solicitó al Congreso Nacional, a través de la Cámara de
Diputados, autorización para prorrogar el estado de emergencia por un período de cuarenta
y cinco días, a partir del 2 de diciembre de 2020, para enfrentar la COVID-19.
Considerando segundo: Que durante el estado de emergencia se ha logrado ejercer control
sobre la enfermedad COVID-19, gracias a las medidas de distanciamiento social adoptadas
por las autoridades de la administración pública, según afirma el presidente de la República
en el referido oficio No.020425; sin embargo, es necesario mantener el toque de queda,
específicamente en este momento en que se acercan días feriados, debido a que la experiencia
demuestra una tendencia a la alza en la tasa de contagios con posterioridad a los fines de
semana largos, tal y como ocurrió en las semanas del 27 de septiembre al 3 de octubre y del
8 al 14 de noviembre, después de la celebración de los días de Las Mercedes y la
Constitución, respectivamente.
Considerando tercero: Que asimismo, el presidente de la República señala que actualmente
la lucha contra la COVID-19 está pasando por un punto crítico a nivel mundial, tras el
considerable repunte del nivel de contagio, por lo que las autoridades europeas han tenido
que adoptar medidas drásticas de confinamiento; por consiguiente, y con la adopción de un
toque de queda moderado, las autoridades de la administración pública consideran que
evitarán retornar a horarios más restrictivos o disponer medidas más severas, las cuales
podrían repercutir desfavorablemente en la economía y en la sociedad.
Considerando cuarto: Que además, y tan pronto las circunstancias lo permitan, el Poder
Ejecutivo dispondrá gradualmente las medidas correspondientes para flexibilizar el
distanciamiento social, tal y como lo dispuso mediante el Decreto No.504-20, del 28 de
septiembre de 2020, que varió el horario de toque de queda de acuerdo a la evolución de la
pandemia, y permitió la circulación de personas durante dos horas adicionales en todo el
territorio nacional, tanto los días de semana como los fines de semana, y ratificada mediante
el Decreto No.619-20, del 10 de noviembre de 2020.
Considerando quinto: Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización
Panamericana de la Salud (OPS), y otros organismos especializados, recomiendan que el
distanciamiento social es una de las medidas más efectivas para evitar la propagación de la
pandemia, por lo que es necesario seguir implementando el toque de queda y otras medidas
de este tipo.

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