Resolución Nº 239-14. Resolución que Aprueba el Contrato de Prestamo, Suscrito en Fecha 11 de Junio de 2014, Entre la Republica Dominicana y la Corporacion Andina de Fomento (caf), por Un Monto de Us$33,000,000.00, para Ser Utilizados en el Financiamiento del Programa de Desarrollo Urbano y Habitat Fase Ii, el Cual Sera Ejecutado por el Instituto Nacional de la Vivienda (invi).

Número de resolución239-14
Número de registro3372066
Fecha de publicación01 Enero 2014
Fecha de disposición23 Julio 2014
Número de Gaceta10765
-102-
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Res. No. 239-14 que aprueba el Contrato de Préstamo, suscrito en fecha 11 de junio de
2014, entre la República Dominicana y la Corporación Andina de Fomento (CAF),
por un monto de US$33,000,000.00, para ser utilizados en el financiamiento del
programa de Desarrollo Urbano y Hábitat Fase II, el cual será ejecutado por el
Instituto Nacional de la Vivienda (INVI). G. O. No. 10765 del 29 de julio de 2014.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 239-14
VISTO: El Artículo 93, numeral 1), literales J), y K), de la Constitución de la República.
VISTO: El Contrato de Préstamo, suscrito en fecha 11 de junio de 2014, entre la República
Dominicana y la Corporación Andina de Fomento (CAF).
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR el Contrato de Préstamo, suscrito en fecha 11 de junio de 2014, entre
la República Dominicana, debidamente representada por el LIC. SIMÓN LIZARDO
MÉZQUITA, Ministro de Hacienda y ALMA FERNÁNDEZ DURÁN, Directora General
del INVI, y la Corporación Andina de Fomento (CAF), representada por su Presidente
Ejecutivo Encargado, LUIS ENRIQUE BERRIZBEITIA ARIZTEGUIETA, por un
monto de hasta treinta y tres millones de dólares estadounidenses con 00/100
(US$33,000,000.00), para ser utilizados en el financiamiento del Programa de Desarrollo
Urbano y Hábitat Fase II, el cual será ejecutado por el Instituto Nacional de la Vivienda
(INVI). El objetivo del programa es apoyar las políticas de reducción de la pobreza,
equidad e inclusión social del gobierno nacional, a través del financiamiento de
inversiones en los sectores de gestión urbana y vivienda en beneficio de familias de bajos
ingresos y en situación de riesgo, que copiado a la letra dice así:
-103-
_________________________________________________________________________
Danilo Medina
Presidente de la República Dominicana
Número.: 78-14
PODER ESPECIAL AL MINISTRO DE HACIENDA Y A LA DIRECTORA
GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INVI)
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, y de conformidad con las disposiciones de la Ley No.1486, del 20 de marzo del
1938, sobre la Representación del Estado en los Actos Jurídicos, por el presente
documento, otorgo Poder Especial al MINISTRO DE HACIENDA y a la DIRECTORA
GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INVI), para que, a
nombre y en representación del Estado dominicano, suscriban con la Corporación Andina
de Fomento (CAF), un contrato de préstamo para el financiamiento parcial del "Programa
de Desarrollo Urbano y Hábitat Fase 2", para financiar la construcción de dos mil ciento
setenta y dos (2,172) viviendas de bajo costo, distribuidas en veintiuna (21) provincias del
país. La Corporación Andina de Fomento otorgará el préstamo por un monto equivalente a
treinta y tres millones de dólares norteamericanos (US$33,000,000.00), el mismo tendrá un
plazo de quince (15) años, y un plazo de gracias de veinticuatro (24) meses, ambos plazos
contados a partir de la firma del contrato.
El Ministro de Hacienda y la Directora General del Instituto Nacional de la Vivienda
(INVI) tendrán un plazo de seis (6) meses para solicitar el primer desembolso y de
veinticuatro (24) meses para solicitar el último desembolso del préstamo. Estos plazos
serán contados a partir de la entrada en vigencia del contrato. La amortización del préstamo
se hará mediante el pago de veintiséis (26) cuotas de capital semestral, consecutivas y, en lo
posible, iguales, a las cuales se añadirán los intereses devengados al vencimiento de cada
una de las cuotas.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil catorce (2014).
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
DANILO MEDINA
-104-
_________________________________________________________________________
CONTRATO DE PRÉSTAMO
ENTRE
LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO
Y
LA REPÚBLICA DOMINICANA

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